Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de febrero de 2004, por la que se autoriza el cambio de titularidad al Centro Privado de Educación Especial Arco-Auxilia de Sevilla.

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Miguel Soriano Sánchez, en su calidad de Vicepresidente de la "Fundación Auxilia Sevilla", nueva entidad titular del Centro Privado de Educación Especial "Arco Auxilia", con domicilio en C/ Patricio Sáenz, núm. 15-A de Sevilla, en solicitud de cambio de titularidad de "Asociación Auxilia" a favor de la "Fundación Auxilia Sevilla".

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de Sevilla.

Resultando que el centro con código 41009691, tiene autorización definitiva para 3 unidades de Educación Básica Especial para 30 puestos escolares y 1 unidad de Educación Especial Aprendizaje de Tareas para 15 puestos escolares, por Orden de 4 de febrero de 1993 (BOJA del 9 de marzo). Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, aparece debidamente acreditada, la titularidad del Centro "Arco-Auxilia", a favor de la "Asociación Auxilia"; Resultando que don Francisco Serra Rodríguez y don Miguel Soriano Sánchez, mediante escritura de cesión otorgada ante el notario de Sevilla don Juan Gualberto Pemán Medina, bajo el núm. 1638 de su protocolo, cede la titularidad del referido centro a favor de la "Fundación Auxilia Sevilla", quedando representada por don Miguel Soriano Sánchez, que la acepta; Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); la Orden de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de Educación Especial (BOE del 6 de abril); la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 24 de diciembre); el Real Decreto

1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general (BOE del 10 de diciembre); el Real Decreto

827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 28 de junio); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio);

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Primero. Conceder el cambio de titularidad al Centro Privado "Arco Auxilia", que en lo sucesivo la ostentará la "Fundación Auxilia Sevilla", que como cesionaria queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan al Centro, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el Centro pueda tener concedido por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica: Denominación Genérica: Centro de Educación Especial. Denominación Específica: Arco-Auxilia.

Código de Centro: 41009691.

Domicilio: C/Patricio Sáenz, núm. 15-A.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Titular: Fundación Auxilia Sevilla.

Composición Resultante: 3 unidades de Educación Básica Especial para 30 puestos escolares y 1 unidad de Educación Especial Aprendizaje de Tareas para 15 puestos escolares.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de

funcionamiento del Centro.

Segundo. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Tercero. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de febrero de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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