Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 23 de febrero de 2004, por la que se concede la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento al Centro Privado de Educación Infantil Bética de Córdoba.

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Francisca Feria Martín, en su calidad de representante de "Asociación Civil, Institución Teresiana", entidad titular de los centros docentes privados de Educación Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria "Bética", con domicilio en C/Vandalino, núm. 4 de Córdoba, en solicitud de ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento del mencionado centro en 4 unidades de Educación Infantil (2.º ciclo) y supresión de 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Tecnología;

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Córdoba;

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de dicha Delegación Provincial; Resultando que con código 14002145, hay autorizados tres centros: de Educación Preescolar con 2 unidades de Párvulos para 80 puestos escolares por Orden de 16 de octubre de 1980, de Educación Primaria con 18 unidades para 450 puestos escolares y de Educación Secundaria con 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 360 puestos escolares y 6 unidades de Bachillerato (2 unidades de la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud para 70 puestos escolares,

2 unidades de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales para 70 puestos escolares y 2 unidades de la modalidad de Tecnología para 70 puestos escolares), por Orden de 21 de febrero de 1997 (BOJA del 25 de marzo);

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa aparece que la titularidad de los Centros la ostenta la"Asociación Civil, Institución Teresiana".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4 de octubre); la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 24 de diciembre); el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general (BOE del 10 de diciembre); el Real Decreto

827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE del 28 de junio); el Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA del 20 de junio);

Considerando que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, la solicitud de ampliación de la autorización para el segundo ciclo de la educación infantil, a la que se refiere la presente Orden, debe entenderse para educación infantil.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia;

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder la ampliación de la autorización definitiva de funcionamiento para 4 unidades de Educación Infantil para

100 puestos escolares y la supresión de 2 unidades de Bachillerato en la modalidad de Tecnología para 70 puestos escolares a los centros docentes privados "Bética", quedando con la autorización definitiva que se describe a continuación:

Denominación Genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación Específica: Bética.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm. 4.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Asociación Civil, Institución Teresiana.

Composición Resultante: 6 unidades de Educación Infantil para

150 puestos escolares.

Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación Específica: Bética.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm. 4.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Asociación Civil, Institución Teresiana.

Composición Resultante: 18 unidades de Educación Primaria para

450 puestos escolares.

Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación Específica: Bética.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm. 4.

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Asociación Civil, Institución Teresiana.

Composición Resultante:

- 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 360 puestos escolares.

-4 unidades de Bachillerato, modalidades:

2 unidades en la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y la Salud para 70 puestos escolares.

2 unidades en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales para 70 puestos escolares.

Segundo. El personal que atienda las unidades de Educación Infantil autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio) y la Orden Ministerial de 11 de octubre de 1994 (BOE del 19 de octubre).

Tercero. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Córdoba la relación del profesorado del Centro, con indicación de su titulación respectiva.

Cuarto. Dichos Centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sevilla, 23 de febrero de 2004

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación y Ciencia

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