Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 18/03/2004

3. Otras disposiciones

Universidades

RESOLUCION de 26 de febrero de 2004, de la Universidad de Granada, referente a la avocación y a la delegación de competencias de este Rectorado.

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Los cambios organizativos producidos como consecuencia de la reordenación del Equipo Gobierno de esta Universidad, así como de la estructura funcional de la misma, con la creación de nuevos Vicerrectorados y la desaparición y variación de otros, aconsejan proceder a la revisión y modificación de las Resoluciones de este Rectorado de fechas 29 de noviembre de

2000 (BOJA núm. 11 de 27.1.01) y 20 de febrero de 2001 (BOJA núm. 33, de 20.3.01), sobre delegaciones y ampliaciones de competencias en los Organos de Gobierno de esta Universidad y adecuarlas tanto a la actual denominación de éstos, como a la nueva distribución de competencias entre ellos. Así, y de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y

14.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, este Rectorado,

HA RESUELTO

Primero. Avocar todas las competencias delegadas en los distintos Organos de Gobierno de la Universidad, y que venían recogidas en las citadas Resoluciones de fechas 29 de noviembre de 2000 y 21 de febrero de 2001, de las que es titular este Rectorado en virtud de los dispuesto en los artículos 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 48 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre (BOJA núm.

236, de 2.12.03, y BOE núm. 12, de 14.1.04), sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 50 y 53 de los citados Estatutos de esta Universidad.

Segundo. Realizar las siguientes delegaciones de competencias en los órganos que a continuación se relacionan:

Excmo. Sr. Vicerrector de Relaciones Internacionales e Institucionales, don Manuel Díaz Carrillo. Se delegan en el Excmo. Sr. Vicerrector de Relaciones Internacionales e Institucionales, don Manuel Díaz Carrillo, las siguientes atribuciones que le corresponden a este Rectorado:

a) La representación legal de la Universidad de Granada a todos los efectos en los programas, proyectos y ayudas de cooperación internacional.

b) Dictar cuantos actos y resoluciones administrativas se puedan producir como consecuencia del desarrollo y ejecución de los citados Programas y proyectos en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada.

Exmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Tercer Ciclo, don Rafael Payá Albert.

Se delegan en el Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Tercer Ciclo, don Rafael Payá Albert, las siguientes atribuciones que le corresponden a este Rectorado:

a) La solicitud de subvenciones o ayudas de cualquier organismo público o privado relacionados con:

- Proyectos, contratos y ayudas a la investigación.

- Becas de Investigación y otras ayudas para la contratación de investigadores.

- Ayudas para el desarrollo de programas de doctorados y en general para actividades relacionadas con los Estudios de Tercer Ciclo de la Universidad de Granada.

b) La aceptación o renuncia de las subvenciones obtenidas en los términos del apartado anterior, la interposición de los recursos y presentación de alegaciones que tengan relación con estas subvenciones, así como certificar la aplicación de los fondos obtenidos a la finalidad para la que fueron concedidos.

c) La firma de contratos laborales con investigadores y personal de apoyo a la investigación en las modalidades previstas en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores (contrato de obra o servicio determinado) y en las modalidades previstas en la disposición adicional séptima de la Ley

12/2001, de 9 de julio (contratos para la realización de un proyecto de investigación y contrato de trabajo para la incorporación de investigadores al sistema español de ciencia y tecnología).

d) La firma de acuerdos de consorcio para el desarrollo de proyectos de investigación.

e) La autorización de contratos de investigación acogidos al artículo 83 de la LOU y la firma de Convenios de investigación que sólo supongan una captación de fondos para financiar investigación, desarrollo e innovación.

f) Aprobar las Comisiones de Servicio para actividades de investigación o evaluación científica y técnica del personal docente e investigación cuya duración sea inferior a tres meses.

Excma. Sra. Vicerrectora de Patrimonio, Infraestructura y Equipamiento: Doña Elena Díez Jorge.

Se delegan en la Excma. Sra. Vicerrectora de Patrimonio, Infraestructura y Equipamiento, doña Elena Díez Jorge, la competencia de la firma de los contratos de obras servicios y suministros de cuantía inferior a trescientos mil euros (300.000 euros).

El ejercicio de la competencia delegada se ejercerá de forma indistinta por dicha Vicerrectora o por el Gerente en el que también se delega, como se dirá mas adelante. El órgano que en virtud de la presente delegación ejercite la competencia deberá de comunicar de inmediato tal ejercicio al otro órgano

delegado.

Ilmo. Sr. Gerente: Don José Jiménez Benavides.

Se delegan en el Ilmo. Sr. Gerente, don José Jiménez Benavides, las siguientes atribuciones que le corresponden a este

Rectorado:

a) La firma de los contratos de Personal de Administración y Servicios con excepción de los contratos de personal fijo.

b) La firma de los contratos de obras, servicios y suministros de cuantía inferior a trescientos mil euros (300.000 euros). Esta competencia también ha quedado delegada en la Excma. Sra. Vicerrectora del Patrimonio, Infraestructura y Equipamiento, doña Elena Díez Jorge, en la forma indicada en el apartado anterior de esta Resolución.

c) La concesión de las comisiones de servicios que se deban otorgar al Personal de Administración y Servicios de este Organismo al amparo de lo dispuesto en el Decreto 54/1989, de

21 de marzo, modificado por Decreto 165/1991, de 27 de agosto, Decreto 220/1998, de 20 de octubre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre.

Tercero. En las Resoluciones y actos administrativos que se dicten en estas materias y por estos órganos, se deberá hacer constar expresamente que se adoptan por delegación de este Rectorado, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el núm. 4 del citado artículo 13 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre y el apartado 2.b) del artículo 4 del Real Decreto 1465/1999, de

17 de septiembre (BOE núm. 230,de 25.9.99).

Cuarto. Este Rectorado podrá exigir a los órganos delegados la remisión periódica de una relación de los actos que se dicten en el ejercicio de las atribuciones delegadas.

Quinto. Quedan derogadas cuantas disposiciones de este

Rectorado, de igual o inferior rango se opongan a lo

establecido en la presente Resolución, y, en particular, las Resoluciones de fechas 29 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 11 de

27.1.01) y 20 de febrero de 2001 (BOJA núm. 33, de 20.3.01).

Sexto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Granada, 26 de febrero de 2004.- El Rector, David Aguilar Peña.

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