Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 25/03/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se revoca la de 16 de diciembre de 2003, que acordaba la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Sierra Centro Oriental Cordobesa (Córdoba).

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Con fecha 16 de diciembre de 2003, la Dirección General de la Función Pública acordó la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Sierra Centro Oriental Cordobesa (Córdoba), a instancia de la propia Mancomunidad. Por Resolución de 27 de octubre de 2003, de la Dirección General para la Administración Local del Ministerio de Administraciones Públicas se convocó concurso unitario, para la provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003). De acuerdo con el Anexo I de dicha Resolución, tiene la consideración de puesto vacante a efectos del concurso, y por tanto se ofrece en el mismo, el puesto de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Sierra Centro Oriental Cordobesa (Córdoba). A la vista de lo anterior, la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Sierra Centro Oriental Cordobesa, no debió llevarse a efecto, en la medida que dicho puesto estaba incluido en el concurso unitario, por lo que se ha producido un error sobre dicha cuestión.

En consecuencia, esta Dirección General de la Función Pública al amparo de lo dispuesto en el artículo 11.1.e) del Decreto

139/2000, de 16 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, modificado por el Decreto 121/2002, de 9 de abril, ha tenido a bien disponer:

Artículo Unico:

Primero. Revocar la Resolución de 16 de diciembre de 2003, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acordaba la exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo de Secretaría-Intervención de la Mancomunidad de Municipios Sierra Centro Oriental Cordobesa (Córdoba), dejándola sin efectos.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el articulo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 23 de febrero de 2004.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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