Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST.E INSTR. Nº1 DE ESTEPONA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 49/2003. (PD. 4779/2003).

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Número de Identificación General: 2905142C20030000007. Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 49/2003.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. Uno de Estepona, Málaga.

Juicio: Verbal-Desh. F. Pago (N) 49/2003.

Parte demandante: Beatriz Barna Rubio.

Parte demandada: Antonio Castillo García.

Sobre: Verbal-Desh. F. Pago (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Se adjunta copia de la sentencia 4.11.03 (encabezamiento y fallo).

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez ha acordado la publicación del presente edicto en el BOE o BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación al demandado Antonio Castillo García.

En Estepona, a diecisiete de noviembre de dos mil tres.-El/La Secretario/a Judicial.

Procedimiento verbal núm./03.

SENTENCIA

En Estepona, a cuatro de noviembre de dos mil tres.

Vistos por doña M.ª Concepción Montoya González, Juez del Juzgado de Primera Instancia Número Uno de Estepona los presentes autos de juicio verbal núm./03 sobre resolución del contrato de arrendamiento por expiración del término pactado seguidos a instancia de doña Beatriz Darna Rubio, representada por el Procurador Don Francisco Saavedra Prats y asistida por el Letrado don Andrés José Reina Ajero, contra don Antonio Castillo García, declarado en rebeldía; y ha dictado la presente Resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda de resolución de contrato de arrendamiento por expiración del término contractual promovida por el Procurador Don Francisco Saavedra Prats en nombre y representación de Doña Beatriz Dama Rubio, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento sobre el inmueble sito en Estepona, calle Arroyo Vaquero, Edificio Velázquez, P3, 6.º C, de Estepona Golf, condenando a don Antonio Castillo García a dejar libre y vacía dicha vivienda, dentro del término legal, bajo apercibimiento de lanzamiento, en caso contrario a su costa, así como al pago de las rentas que se devenguen hasta la fecha en que deje la vivienda libre, vacua y expedita a disposición de la actora y al abono de las costas procesales causadas en la tramitación del presente procedimiento.

Notifíquese a las partes la presente Resolución haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, el cual se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada,

manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC 1/2000), debiéndose acreditar al prepararlo tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar por adelantado.

Inclúyase el original en el libro de sentencias dejando testimonio suficiente en los autos de su razón.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

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