Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST E INSTR. Nº 2 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento de divorcio núm. 316/2002. (PD. 879/2004).

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NIG: 2905441C20022000568.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 316/2002. Negociado: MJ.

De: Don Fernando Calderón Baquerizo.

Procurador: Sr. Tierno Guarda, Luis.

Contra: Doña Cecilia Alejandra Masciocchi.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 316/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola a instancia de don Fernando Calderón Baquerizo contra doña Cecilia Alejandra Masciocchi sobre Divorcio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 28 de enero de 2003, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos, doña Esperanza Brox Martorell, ha visto los presentes autos de Divorcio Contencioso, seguidos bajo el número 316/02, en virtud de demanda de don Fernando Calderón Baquerizo, representado por el Procurador don Luis Tierno Guarda, bajo la defensa del Letrado don Damián Cánovas, contra doña Cecilia Alejandra Masciocchi.

F A L L O

Que estimando como estimo la demanda formulada, a través de su representación procesal, por don Fernando Calderón Baquerizo, frente a doña Cecilia Alejandra Masciocchi, debo decretar y decreto el divorcio de los mencionados esposos, con los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin efectuar especial pronunciamiento respecto de las costas procesales causadas.

Firme que sea esta resolución expídanse los oportunos mandamientos para la inscripción de la sentencia en el Registro Civil donde se encuentra inscrito el matrimonio de los litigantes.Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Cecilia Alejandra Masciocchi, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a doce de febrero de dos mil tres.- El/La Secretario.

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