Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 29/03/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST E INSTR. Nº1 DE MOGUER

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 366/2003. (PD. 947/2004).

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NIG: 2105042C20030000089.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 366/2003. Negociado: De: Don/Doña Fernando Ruiz Barroso y Carmen Gómez Márquez.

Procurador: Sr. Izquierdo Beltrán Fernando E. e Izquierdo Beltrán Fernando E.

Contra: Construcciones Económicas Madrileñas, S.A., Ildefonsa Gómez Márquez, Antonio Gómez Márquez y José María Gómez Márquez.

Procuradora: Sra. Duque Mora Rosa María.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el Proced. Ordinario (N) 366/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Moguer a instancia de Fernando Ruiz Barroso y Carmen Gómez Márquez contra Construcciones Económicas Madrileñas, S.A., Ildefonsa Gómez Márquez, Antonio Gómez Márquez y José María Gómez Márquez sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Moguer, a 27 de febrero de 2003

Doña Ana Barral Picado, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de Moguer y su partido, habiendo visto los autos correspondientes al juicio ordinario en ejercicio de la acción declarativa de dominio registrado con el número arriba indicado promovidos por el Procurador de los Tribunales Sr. Izquierdo, en nombre y representación de don Fernando Ruiz Barroso y doña Carmen Gómez Márquez, asistidos de la Letrada Sra. Angels Méndez contra doña Ildefonsa Gómez Márquez, don Antonio Gómez Márquez y don José María Gómez Márquez representados conjuntamente por la Procuradora Sra. Rosa Duque y asistidos/a de Letrada doña Gema Sierra Millán, y Construcciones Económicas Madrileñas, S.A. (COEMA, S.A.) en rebeldía dicta la presente en base a los siguientes FALLO

Que habiendo de estimar íntegramente la demanda interpuesta por Procurador de los Tribunales Sr. Izquierdo, en nombre y representación de don Fernando Ruiz Barroso y doña Carmen Gómez Márquez, contra doña Idelfonsa, don Antonio y don José María Gómez Márquez, representados por la Procuradora Sra. Rosa Duque, y la mercantil COEMA, en rebeldía, y desaparecida del tráfico jurídico mercantil, debo declarar y declaro acreditado el dominio de los actores, con respecto de la finca descrita en el hecho primero de la presente y en los términos que se refieren en los apartados a) y b) de la misma, ordenando la inscripción de dicho dominio a favor de los actores en el Registro de la Propiedad de Moguer, en los referidos términos para la reanudación del tracto interrumpido de la misma así como la cancelación registral de todas las inscripciones contradictorias, condenando a los demandados a estar y pasar por la anterior declaración, expidiéndose los oportunos mandamientos para la inscripción de la parte descrita en los términos interesados.

Procede imposición de costas a la demandada rebelde.

Notifíquese la presente a las partes con advertencia de que no es firme y de que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de interponerse en el término de cinco días ante este mismo Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma, doña Ana Barral Picado, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción núm. Uno de Moguer y su partido.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Construcciones Económicas Madrileñas, S.A., en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Moguer, a nueve de marzo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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