Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 15/04/2004

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Universidades

RESOLUCION de 2 de abril de 2004, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se nombran funcionarios de carrera de la Escala Administrativa de esta Universidad.

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En cumplimiento de lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, de fecha 20 de noviembre de 2003 (BOJA de 1 de diciembre de

2003), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa, por el sistema de promoción interna, de esta Universidad; vista la propuesta del Tribunal calificador y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria,

Este Rectorado, en ejercicio de las competencias conferidas por la Ley Orgánica de Universidades 6/2001 de 21 de diciembre, y demás normativa vigente, ha resuelto:

Primero. Nombrar funcionarios de carrera de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, a los aspirantes aprobados que se relacionan en el Anexo.

Segundo. Estos nombramientos, surtirán plenos efectos a partir de las correspondientes tomas de posesión por los interesados, que deberán efectuarse en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio),sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999 (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 2 de abril de 2004.- El Rector, Agustín Madrid Parra.

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