Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 29/04/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 15 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 1205/2003. (PD. 1282/2004).

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NIG: 2906742C20030024026.

Procedimiento: J. Verbal (N) 1205/2003. Negociado: P5.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: EMASA.

Procuradora: Sra. Francisca García González.

Letrado: Sr. Souvirón López, Santiago.

Contra: Doña Rosario Antoniano Marín y Herencia Yacente y Herederos Legales de don Florencio Antoniano Zorrilla.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal (N) 1205/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 15 de Málaga a instancia de EMASA contra Rosario Antoniano Marín y Herencia Yacente y Herederos Legales de don Florencio Antoniano Zorrilla sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA

En la Ciudad de Málaga a diecisiete de febrero de dos mil cuatro.

Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal tramitados en este Juzgado bajo el número 1205/03, a instancia de Empresa Municipal de Aguas de Málaga, Sociedad Anónima (EMASA), representada por la Procuradora doña Francisca García González y defendida por el Letrado Sr. Souvirón López, contra doña Rosario Antoniano Marín y Herederos de don Florencio Antoniano Zorrilla, todos ellos en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Francisca García González, en nombre y representación de Empresa Municipal de Aguas de Málaga, Sociedad Anónima (EMASA), contra doña Rosario Antoniano Marín y Herederos de don Florencio Antoniano Zorrilla, en reclamación de cantidad, debo dictar Sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Condenar a doña Rosario Antoniano Marín y Herederos Legales de don Florencio Antoniano Zorrilla a que, de forma solidaria, abonen a la demandante la suma de setecientos treinta y dos euros con ochenta céntimos (732,80 euros), en concepto de facturas impagadas por el suministro en el período comprendido entre el cuarto trimestre de 1993 y el tercer trimestre de 1999, ambas inclusive.

2.º Condenar a los referidos demandados al abono del interés legal de la suma referida desde la fecha de interposición de la demanda.

3.º Imponer a los demandados las costas procesales devengadas.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herencia Yacente y Herederos Legales de don

Florencio Antoniano Zorrilla, extiendo y firmo la presente en Málaga, a doce de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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