Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 03/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INST. E INSTR. Nº1 DE TORREMOLINOS

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 279/2003. (PD. 1391/2004).

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N.I.G.: 2990141C20031000282.

Procedimiento: J. Verbal (N) 279/2003. Negociado: FA.

Sobre: Juicio Verbal.

De: C.P. Residencial el Cortijuelo.

Procurador: Sr. Vellibre Vargas Vicente.

Contra: Don Hugo Fabrizio Jack Bunzl.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal 279/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torremolinos a instancias de C.P. Residencial el Cortijuelo contra Hugo Fabrizio Jack Bunzl sobre Juicio Verbal, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Torremolinos a dieciocho de diciembre de dos mil tres.

La Ilma. Sra. doña María Olimpia del Rosario Palenzuela Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torremolinos, ha visto los presentes autos de J. Verbal (N) 279/2003, seguidos a instancias de C.P. Residencial El Cortijuelo representado por el Procurador de los Tribunales, Sr. don Vellibre Vargas, Vicente, contra don Hugo Fabrizio Jack Bunzl, declarado rebelde, sobre reclamación de cantidad, dicta la presente resolución en base a los siguientes,

F A L L O

Que estimando la demanda deducida por el Procurador Vellibre Vargas, Vicente, en nombre y representación de C.P. Residencial el Cortijuelo, contra don Hugo Fabrizio Jack Bunzl sobre la reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 2.526,65, más los intereses legales, fijados conforme al fundamento tercero de esta resolución, así como el abono de las costas procesales. Llévese testimonio de la presente resolución a la pieza dimanante de este procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado, que se preparará en el plazo de cinco días, y será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior resolución por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, estando la misma celebrando audiencia pública en el día de la fecha, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hugo Fabrizio Jack Bunzl, extiendo y firmo la presente en Torremolinos a veintiuno de enero de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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