Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 4/5/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ORDEN de 20 de abril de 2004, de creación y supresión de ficheros de datos de carácter personal.

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El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administración Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La Orden de 21 de julio de 1994 publicó la primera relación de ficheros de tratamiento automatizado de datos de esta Consejería, en aplicación de lo dispuesto en la, entonces vigente, Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal. La Orden de 19 de marzo de 2002 modificó algunos de los ficheros contenidos en la Orden de 21 de julio de 1994.

Para posibilitar la adecuada gestión de las competencias atribuidas a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico resulta necesaria la creación de nuevos dicheros de datos de carácter personal.

Por otra parte, deben adaptarse los ficheros a lo dispuesto en el artículo 20.2 de la LOPD indicando el nivel de las medidas de seguridad correspondiente a cada uno de estos ficheros, en aplicación del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal. Como consecuencia de los análisis de información realizados tanto para la creación de ficheros como para su adaptación, se deduce que los datos de los ficheros creados con anterioridad o bien han pasado a formar parte de ficheros de nueva creación, o bien dichos ficheros se encuentran obsoletos en cuanto a su finalidad y contenido.

Por todo ello, se debe proceder a crear los ficheros de carácter personal a utilizar por la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, así como a suprimir todos los ficheros creados por la Orden de 21 de julio de 1994, modificada por la Orden de 19 de marzo de 2002, respecto de éstos, se procederá a su borrado en todos los soportes en que se encuentren almacenados, de acuerdo con las medidas de seguridad aplicables a los mismos.

En virtud, de acuerdo con las atribuciones conferidas a esta Consejería por el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y a fin de dar cumplimiento al mandato del citado artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

D I S P O N G O

Primero. Creación de ficheros.

Se procede a la creación de los ficheros de carácter personal referidos a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, que se describen en el Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Supresión de ficheros.

Se procede a la supresión de todos los ficheros de datos de carácter personal creados por la Orden de 21 de julio de 1994, modificada por la Orden de 19 de marzo de 2002. Dichos ficheros se enumeran en el Anexo II.

Tercero. Notificación a la Agencia de Protección de Datos.

La Secretaría General Técnica, procederá a la actualización de las inscripciones correspondientes ante la Agencia de

Protección de Datos.

Disposición Final Unica. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de abril de 2004.

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

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