Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 07/05/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS DE LA MITACION

ANUNCIO de bases.

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Don Antonino Gallego de la Rosa, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación.

Hago saber: Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 16 de abril de

2004, se sirvió aprobar las bases corregidas que han de regir la convocatoria mediante concurso de méritos, de una plaza de Psicólogo, incluida de la Oferta Pública de Empleo del año

2002, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21.1.g) y 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, cuyo texto definitivo se transcribe a continuación:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA, MEDIANTE CONCURSO DE MERITOS, DE UNA PLAZA DE PSICOLOGO, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2002

Dispone el art. 39 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que las convocatorias de procesos selectivos para la sustitución del empleo interino o consolidación de empleo temporal estructural y permanente se efectuará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, mediante los sistemas selectivos de oposición, concurso o concurso- oposición.

En idéntico sentido, el art. 16.3 de la Ley 6/1985, de 28 noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y el art. 11 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, dispone que el acceso a la Función Pública del personal laboral se realizará bajo los mismos principios enumerados en el párrafo anterior.

De conformidad con las atribuciones conferidas a la Junta de Gobierno Local mediante Resolución de Alcaldía núm. 162/2003, de fecha 23 de junio de 2003 y previa negociación con los representantes sindicales, se aprueba convocar concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo con sujeción a las siguientes

Bases de Convocatoria

Primera: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión a través de concurso de méritos de una plaza de carácter laboral de Psicólogo mediante contrato indefinido, vacante en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación (Sevilla), incluida en la Oferta de Empleo Público

2002 y dotada de los haberes correspondientes a dicho puesto de trabajo.

La plaza objeto de esta convocatoria está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye, según determina el art. 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y demás retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo según la actual relación de puestos de trabajo.

Segunda: Normativa aplicable.

La realización del concurso se regirá por lo dispuesto en las presentes bases y su Anexo, y en su defecto por lo establecido en la Ley de 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado; Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la Función Pública de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea; Real Decreto 800/1995; Ley Orgánica

4/2000, de 11 de enero, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, sobre Derechos y Libertades de los

extranjeros en España y su integración social y por

cualesquiera otras disposiciones aplicables.

Tercera: Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido al proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español. Así mismo, podrán ser admitidos al presente concurso, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en la Ley 55/1999, de

29 de diciembre, que modifica la Ley 17/1993.

b) Tener cumplido los dieciocho años.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despedido por causa disciplinaria, del servicio de

cualesquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) Estar en posesión del título universitario de licenciado en Psicología o equivalente, homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia o en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de

incapacidad establecidos en la legislación vigente.

Los requisitos anteriormente referidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes, así como mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Cuarta: Presentación de instancias.

Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo dirigirán las instancias al Ilmo. Señor Alcalde-Presidente de la

Corporación y podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Bollullos de la Mitación, sito en Plaza de Nuestra Señora Cuatrovitas, 1, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a aquél en el que aparezca publicado el extracto de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". A tal efecto, el Ayuntamiento convocante ha establecido un modelo oficial de instancia para participar en el proceso selectivo que se encuentra en las dependencias municipales a disposición de los aspirantes.

Los aspirantes deberán manifestar en sus instancias que reúnen todos los requisitos exigidos en la base 3 y deberán acreditar los méritos alegados acompañando los documentos acreditativos de los mismos a aquéllas, de conformidad con lo previsto en la base novena.

Quinta: Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en la cuantía de 30 euros, cantidad que podrán abonar en cualquiera de las entidades colaboradoras de este Ayuntamiento, o por giro postal o telegráfico, debiendo consignar el nombre y apellido del aspirante, aun cuando sea impuesto por persona distinta y cuyo justificante deberán adjuntar a las instancias para participar en el proceso selectivo.

Sexta: Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, en el plazo máxi

mo de un mes, se publicarán en el "Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla" y el tablón de anuncios de la

Corporación la resolución de la Alcaldía, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose la causa de exclusión, a fin de que puedan presentarse cuantas reclamaciones se estimen oportunas dentro del plazo de quince días siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se concederá un plazo de diez días hábiles contados en la forma establecida en la Base anterior para la subsanación de las deficiencias advertidas en las instancias correspondientes a los aspirantes excluidos con indicación que si así no lo hiciere se entenderá desistido y se procederá al archivo de la solicitud de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cualquier momento los errores de hecho apreciados en las solicitudes o en los documentos adjuntos, podrán subsanarse de oficio o a instancia del interesado.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración social de los minusválidos, podrán participar en el proceso selectivo las personas con

minusvalías en igualdad de condiciones que los demás

aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por

limitaciones físicas y psíquicas en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

Séptima: Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador del concurso quedará formado como sigue:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

- Un Técnico nombrado por la Corporación.

- Un representante designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

- Un representante nombrado por el Comité del Personal laboral de la Corporación.

- Un representante de la Diputación Provincial de Sevilla Area de Asuntos Sociales.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada.

Por cada miembro del Tribunal se nombrará un suplente con los mismos requisitos.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso selectivo, notificándolo al Presidente y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las

circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a sesiones de tribunales y órganos de

selección.

El Tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y adoptará sus decisiones por mayoría de votos,

decidiendo en caso de empate el voto del que actúe como Presidente.

El Tribunal Calificador tiene competencias para resolver las incidencias que se presentaren, velar por el buen desarrollo del proceso selectivo y aplicar los baremos establecidos en la base novena.

Octava: Desarrollo del concurso.

La relación definitiva de admitidos y excluidos, la resolución de las reclamaciones que se presentaren, la composición del Tribunal Calificador y el lugar, día y hora de celebración del concurso, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y en el tablón de anuncios de esta Corporación, mediante resolución de la Alcaldía.

Novena: Calificación y Acreditación del concurso.

A) Calificación del Concurso.

El Tribunal Calificador examinará la documentación aportada en las respectivas solicitudes por cada uno de los aspirantes que hayan sido definitivamente admitidos y valorará los méritos alegados y acreditados, de acuerdo con el siguiente baremo: I. Experiencia profesional: Se valorará hasta un máximo de 4 puntos en la forma siguiente:

- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública Local de hasta 10.000 habitantes, en plaza de igual o similar característica a la convocada: 0,05 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas Locales distintas a la anterior, en plaza de igual o similar característica a la convocada: 0,025 puntos.

II. Cursos de formación o perfeccionamiento:

- Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos o jornadas, siempre que tengan relación directa con la plaza a la que se opta, impartidos por centros autorizados, hasta un máximo de 2 puntos, en la forma siguiente:

Cursos de 10 hasta 19 horas, o de 2 a 3 días: 0,12 puntos.

Cursos de 20 hasta 29 horas, o de 4 a 5 días: 0,20 puntos.

Cursos de 30 hasta 49 horas, o de 6 a 7 días: 0,30 puntos.

Cursos de 50 hasta 69 horas, o de 8 a 9 días: 0,45 puntos.

Cursos de 70 hasta 99 horas, o de 10 a 15 días: 0,60 puntos.

Cursos de 100 horas en adelante o superior a 15 días: 0,75 puntos.

III. Otros méritos: Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos, los siguientes méritos: Trabajos de investigación, premios, publicaciones, conferencias, ponencias, comunicaciones, coordinación de programas e impartición de talleres,

relacionados con materia de Psicología, siendo valorado cada uno de ellos con 0,25 puntos.

B) Acreditación de los méritos.

La acreditación de los méritos alegados deberá observar los siguientes requisitos:

- Para Servicios prestados en cualquier Administración

Pública: Certificación expedida por el órgano competente o certificación expedida por la Tesorería General de la

Seguridad

Social acompañada de fotocopias compulsadas de los

correspondientes contratos de trabajo.

- Para Cursos de Formación o perfeccionamiento: Fotocopia compulsada de los diplomas, o certificación de asistencia, expedida por el centro u organismo oficial.

Los Cursos, Seminarios, Jornadas y Congresos donde no se especifiquen horas o días de duración, no serán puntuados.

- Para otros Méritos: Certificación expedida por el órgano competente.

C) Entrevista: Obtenida la puntuación de cada aspirante, se realizará una entrevista curricular que versará sobre los méritos alegados, así como el conocimiento de la actividad a desarrollar en el puesto ofertado, cuya duración máxima será de quince minutos, pudiendo los miembros del Tribunal realizar cuantas preguntas consideren necesarias, que tendrá una puntuación máxima de 2 puntos.

La puntuación mínima para superar la prueba es de 5 puntos.

Décima. Relación de aprobados.

La suma de los puntos otorgados en la valoración de los méritos acreditados y en la entrevista personal, determinarán la calificación de los aspirantes y el orden por los que han de figurar en la relación de aprobados que formule el Tribunal Calificador, cuyo número no podrá exceder de las plazas convocadas. El Tribunal elevará dicha relación y propuesta de contratación al Alcalde-Presidente de la Corporación para que proceda a la formalización del contrato.

La relación de las calificaciones obtenidas, por orden de puntuación y la propuesta de los candidatos a ocupar las plazas convocadas se harán pública en el tablón de anuncios de la Corporación y será elevada a la Alcaldía para que, en uso de las atribuciones que le competen, proceda a la autorización de la contratación indefinida de los candidatos propuestos.

Undécima. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto presentará ante la Secretaría, dentro del plazo de veinte días naturales a partir del siguiente a la publicación de las calificaciones, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido o, en su defecto, justificante de haber satisfecho los

derechos para la expedición del título correspondiente.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

d) Declaración o promesa de no haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Declaración jurada de no hallarse incursos en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentase la referida documentación o no reuniera los requisitos establecidos en la presente convocatoria, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones, todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiese podido incurrir por falsedad en su instancia.

Duodécima. Nombramiento y firma de contrato.

Ratificada por la Alcaldía la propuesta del Tribunal

Calificador, y una vez aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Presidente de la Corporación decretará el nombramiento y contratación correspondiente en base a la propuesta formulada, debiendo el interesado

formalizar el correspondiente contrato laboral por tiempo indefinido e iniciar la prestación laboral en el plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

Decimotercera. Impugnación de las bases.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso

potestativo de reposición ante la Comisión de Gobierno

Municipal en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o bien interponer directamente recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía, todo ello de conformidad con los artículos 109.c),

116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de ella, y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados de acuerdo con el núm. 1 del art. 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de

13 de julio de 1998, pudiendo interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que por competencia territorial corresponda, de acuerdo con lo establecido en el art. 10 en relación con el art. 14 de la Ley Jurisdiccional y en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del acto. Y potestativamente podrá interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde la misma fecha, debiéndose tener en cuenta, que

interpuesto el recurso de reposición no podrá formularse recurso contencioso-administrativo hasta tanto se resuelva el de reposición, conforme a lo regulado en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

ANEXO

Denominación de la plaza: Psicólogo.

Número de plazas: 1.

Sistema de selección: Concurso.

Grupo de clasificación: A.

Titulación exigida: Título de Licenciado en Psicología.

Derechos de examen: 30 E.

MODELO DE SOLICITUD

SOLICITANTE

Nombre y apellidosDNI

DirecciónMunicipioTeléfono

EXPONE: Que interesado/a en participar en el concurso

convocado para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Psicólogo.

SOLICITA: Que previos los trámites e informes pertinentes, tenga a bien admitir la presente instancia, con los Anexos, a fin de que se acceda a lo solicitado.

Bollullos de la Mitación, a ...... de ............. de 2004.

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BOLLULLOS DE LA MITACION (SEVILLA).

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bollullos de la Mitación, 19 de abril de 2004.- El Alcalde Antonino Gallego de la Rosa.

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