Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 07/05/2004

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Otros. AYUNTAMIENTO DE SORIHUELA DE GUADALIMAR

ANUNCIO de bases.

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Resolución Alcaldía 19/2004.

Ante la necesidad de convocar una plaza de Peón de Oficios Múltiples, y tras la publicación de dicha oferta de empleo público en el Boletín Oficial del Estado núm. 148 de fecha 21 de junio de 2000, esta Alcaldía, en virtud de las competencias atribuidas por el art. 21.1.g) de la Ley 7/85, por la presente HE RESUELTO

Aprobar las Bases que han de regir la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Peón de Oficios Múltiples, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, según viene establecido en el siguiente Anexo.

A N E X O

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION DE UNA PLAZA DE PEON DE OFICIOS MULTIPLES, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza con la denominación de Peón de Oficios Múltiples, vacante en la plantilla de personal laboral de este Ayuntamiento, asimilable al Grupo, E, de la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales y clase Personal de Oficios, e incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2000, cuyos cometidos serán los siguientes:

- Mantenimiento general de jardines, vías públicas, cementerio y edificios municipales, que conlleva la utilización de la maquinaria y bienes de este Ayuntamiento afectos a los servicios municipales.

- Cualesquiera otros cometidos que no precisen cualificación especial y que, siendo sustanciales con la naturaleza de la plaza, le ordene la Presidencia de la Corporación y estén relacionados con los servicios o trabajos de oficios varios.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/a o nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; estos últimos conforme a, las previsiones del artículo 1 de la Ley 17/93, de 23 de diciembre, de acceso a determinados sectores de la Función Pública de los demás Estados miembros de la UE.

b) Tener cumplidos 18 años de edad el día que termine el plazo de presentación de instancias.

c) Estar en posesión al menos del Certificado de Escolaridad o equivalente.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño del puesto de trabajo.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No estar incurso en causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas legalmente.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias solicitando tomar parte en el concursooposición, en la que los/as aspirantes harán constar que reúnen todos los requisitos exigidos en la base anterior, se presentarán en el Registro General de Entrada del

Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar, de 9,00 a 14,00 horas, irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, acompañadas de los méritos alegados reseñados en la base número 6.ª, mediante fotocopias debidamente compulsadas o certificación original expedida por el organismo correspondiente, cuando así proceda.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Los aspirantes harán un ingreso de 10,00 euros en concepto de derechos de examen, en cualquiera de las cuentas que mantiene el Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar en las siguientes Entidades:

Caja Rural: 3067 0065 54 1149571125.

Unicaja: 2103 0332 010232728582.

Uniendo a su instancia el resguardo acreditativo de ello. Dichos derechos serán devueltos en el supuesto de no ser admitidos/as. Igualmente se acompañará fotocopia debidamente autenticada del DNI.

Las instancias, junto con la documentación, podrán,

igualmente, presentarse en cualquier forma de las contempladas en el artículo 38 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de diez días, declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará que se concede un plazo de diez días naturales para subsanación de defectos de los

requisitos de la convocatoria que por su naturaleza sean subsanables de los aspirantes excluidos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

La fecha de publicación de la indicada resolución será

determinante para el cómputo de los plazos a efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

El resto de las resoluciones y actos administrativos que guarden relación con esta convocatoria sólo se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal calificador.

El Alcalde procederá al nombramiento del Tribunal calificador, que estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación municipal.

- Un representante designado por la Junta de Andalucía, con nivel de titulación igual o superior a la exigida en la presente convocatoria.

- Un empleado/a público/a designado/a por el Sr. Presidente.

Secretario: El de la Corporación o funcionario administrativo en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

Deberán designarse suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, además del Presidente o Secretario o personas que les sustituyan.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de tomar parte del mismo cuando concurran las circunstancias del artículo 28 de la Ley 30/92.

La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como de sus suplentes, se hará pública en el tablón de

anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con la Resolución de aspirantes admitidos/as y excluidos/as.

En dicho acto se señalará la fecha, hora y lugar en que se constituirá el Tribunal encargado de evaluar los méritos alegados por los aspirantes y calificar la documentación aportada por los mismos.

Las sucesivas publicaciones se efectuarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Sexta. Sistema de selección.

La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

Baremo de méritos para fase de concurso.

A) Experiencia profesional en puestos de igual o similar categoría a los cometidos reseñados para estas plazas:

- Por cada mes de servicios prestados en la Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,10 puntos por mes.

- Por cada mes de servicios prestados en otras

Administraciones Públicas en plaza o puesto de trabajo de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos por mes.

- Por cada mes de servicios prestados en cualquier empresa privada en plaza o puesto de similar contenido al que se opta:

0,03 puntos por mes.

Justificación: Certificación expedida por el Organismo

correspondiente.

La puntuación máxima otorgada por este apartado será de 6,00 puntos.

B) Académicos:

- Por estar en posesión de mayor titulación académica a la exigida como requisito en la presente convocatoria: 1 punto.

C) Otros:

- Por la tenencia del carnet de conducir de la Clase B: 1 punto.

- Por la realización de cursos de iluminación y sonido: 1,50 puntos.

- Por experiencia demostrada en utilización de maquinaria de Servicios y Obras: 0,50 puntos.

Justificación: Copia autenticada de los mismos o informes aportados.

La puntuación máxima otorgada por este apartado será de 3 puntos.

Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso de selección. El cómputo de servicios tendrá como límite la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Fase oposición.Ejercicios.

Primero.

Consistirá en desarrollar, en el tiempo que el Tribunal estime necesario, un examen tipo test, acerca del temario que se adjunta, siendo puntuado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, y precisando la obtención de cinco puntos para su superación.

Programa.

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Significado,

estructura y contenido. Principios generales.

Tema 2. Organización Municipal: Competencias y funcionamiento.

Tema 3. Organización territorial del Estado. Estatuto de Autonomía andaluz: Su significado.

Tema 4. Seguridad e Higiene: Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Nociones generales.

Tema 5. Limpieza de zonas de difícil acceso y peligrosas. Medidas a adoptar y material adecuado para ejecutarla.

Tema 6. Traslado, carga y descarga de objetos pesados y bultos en general.

Tema 7. Normas elementales de apilamiento y almacenaje de diversos materiales.

Tema 8. Trabajos en la vía pública. Factores meteorológicos y ambientales que afectan a su realización y a la seguridad.

Tema 9. Limpieza de espacios exteriores.

Tema 10. Utilización de maquinaria en la limpieza de la vía pública. Barredoras de arrastre, de aspiración y mixtas: Utilización y manejo.

Segundo.

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico que en relación con el cometido de la plaza formule el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, en el tiempo que estime necesario.

Séptima. Relación de aprobados y propuesta de contratación.

Finalizada la evaluación de méritos y calificación de

ejercicios, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes por orden de puntuación alcanzada, con expresión del que ha resultado seleccionado para ocupar la correspondiente plaza o puesto de trabajo por haber obtenido la mayor puntuación, elevando la propuesta al Presidente de la Corporación para que se proceda a la formalización del correspondiente contrato laboral.

El aspirante seleccionado, con carácter previo a la

formalización del correspondiente contrato laboral, deberá presentar en la Secretaría Municipal, dentro del plazo de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la

publicación de la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior, los documentos acreditativos de reunir los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria, en concreto:

- Fotocopia debidamente compulsada del DNI.

- Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria.

- Declaración jurada o promesa de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño del puesto de trabajo.

- No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Acreditado el cumplimiento de los requisitos, se formalizará contrato de trabajo con carácter fijo indefinido.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase la documentación

reseñada, no podrá ser nombrado y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere de incurrir.

Octava. Legislación supletoria.

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1995, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Real Decreto Legislativo 781/1986, de

18 de abril, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio y Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y demás disposiciones legales que sean de aplicación.

Novena. Recursos.

La convocatoria y sus bases, así como los actos

administrativos que se deriven de ésta, agotan la vía

administrativa, podrán ser impugnados por los interesados/as ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Postestativamente se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano del que emane el acto administrativo que se impugna.

Sorihuela del Guadalimar, 19 de marzo de 2004.- El Alcalde, Juan José de Toro Martínez, ante mí, Secretario, Pedro Marco Marcos.

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