Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 10/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1º INSTANCIA NUM. DOS DE GRANADA

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 46/2003. (PD. 1452/2004).

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NIG: 1808742C20030000786.

Procedimiento: Verbal-Desh.F.Pago (N) 46/2003: Negociado: 14.

Sobre: Resolución del contrato de arrendamiento, por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad.

De: Doña Josefa de los Santos Torres.

Procuradora: Sra. María Cristina Barcelona Sánchez.

Letrada: Sra. María Dolores Barcelona Sánchez.

COntra: Don Cándido Torres Bayo.

E D I C T O

Hago saber: Que en el procedimiento Verbal-Desh.F.Pago (N)

46/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Granada a instancia de Josefa de los Santos Torres contra Cándido Torres Bayo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue: SENTENCIA NUM.

En Granada, a dos de marzo de dos mil cuatro.

La Ilma. Sra. doña Alicia Rodríguez Ibáñez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Granada y su partido, habiendo visto los presentes autos de Verbal- Desh.F.Pago (N) 46/2003 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Josefa de los Santos Torres con Procuradora doña María Cristina Barcelona Sánchez y Letrada doña María Dolores Barcelona Sánchez; y de otra como demandado don Cándido Torres Bayo en situación de rebeldía, sobre resolución del contrato de arrendamiento, por falta de pago de la renta y reclamación de cantidad, y, F A L L O

Que, estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Cristina Barcelona Sánchez, en nombre y representación de doña Josefa de los Santos Torres, contra don Cándido Torres Bayo, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en C/ Santa Catalina Baja 3-1.º, de Granada, condenando a la demandada a que desaloje y deje libre a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario, así como al pago de la cantidad de 5.769,76 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Cándido Torres Bayo, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Granada, a tres de marzo de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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