Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 10/05/2004

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1º INST. E INSTR. Nº 1 DE FUENGIROLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 326/2003. (PD. 1454/2004).

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NIG: 2905441C20031000272.

Procedimiento: Proced.Ordinario (N) 326/2003. Negociado: MC.

Sobre: DHª Falta Pago y Reclamación Cantidad.

De: Don Plácido Miranda Gallego y María Paz López García.

Procuradora: Sra. Ruiz Leña, Alicia y Ruiz Leña, Alicia.

Letrado: Sr. Alfonso Tezanos Echevarría y Alfonso Tezanos Echevarría.

Contra: Don Steven Rhodes.

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced.Ordinario (N) 326/2003, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Fuengirola a instancia de Plácido Miranda Gallego y María Paz López García contra Steven Rhodes sobre DHª Falta Pago y Reclamación Cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

S E N T E N C I A Núm.

En Fuengirola, a veinte de febrero de 2004.

Doña María de los Angeles Serrano Salazar, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de esta ciudad y su partido judicial, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario sobre resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por falta de pago y reclamación de rentas devengadas y no pagadas, seguidos ante este Juzgado con el núm. 326/03 a instancia de don Plácido Miranda Gallego y doña María Paz López García, representados por el Procurador doña Alicia Ruiz Leña y asistidos estando en rebeldía la demandada.

FALLO

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Alicia Ruiz Leña en nombre y representación de don Plácido Miranda Gallego y doña María Paz López García, declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a los actores y el demandado sobre la vivienda sita en el edificio Olivo 1-1.º D, de la Urbanización Calahonda Royale de Mijas, debiendo dejarla libre y expedita a disposición de los actores bajo apercibimiento de lanzamiento en caso de no hacerlo en el plazo legal. Así mismo condeno a don Steven Rodes a que abone a los actores la suma de 4.679,98 euros más las cantidades que se hayan ido devengando desde la interposición de la demanda, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, condenándole a estar y pasar por esta declaración con expresa imposición de costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días desde su notificación.

Así por esta su sentencia de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncia, manda y firma.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Steven Rhodes, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a veintiséis de abril de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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