Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 14/05/2004

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 28 de abril de 2004, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan, dentro del Plan de Apoyo a la Investigación 2004, seis becas de investigación.

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Resolución de 28 de abril de 2004, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan, dentro del Plan de Apoyo a la Investigación 2004, seis becas de investigación.

Aprobada por la Comisión de Investigación la propuesta de Grupos de Investigación que cumplen los requisitos establecidos en el Plan de Apoyo a la Investigación de 2004 (aprobado en Consejo de Gobierno de 15 de marzo de 2004) para solicitar becarios de Investigación, la Universidad de Jaén convoca seis becas de Investigación.

La presente convocatoria se regirá tanto por sus normas propias recogidas en el citado Plan de Apoyo a la Investigación 2004, como por las normas específicas que figuran contenidas en esta Resolución y en el Reglamento para el Nombramiento de Colaboradores con cargo a Créditos de Investigación de la Universidad de Jaén (en adelante Reglamento).

1. Objetivos.Las becas van destinadas a titulados superiores que deseen realizar un trabajo de investigación o una tesis doctoral dentro de alguna de las líneas de investigación de los Grupos de Investigación del Plan Andaluz de Investigación (PAI) en la Universidad de Jaén, recogidos en el Anexo I de la presente convocatoria.

2. Requisitos de los solicitantes.

Que deberán mantenerse durante el período de disfrute de la beca y posibles prórrogas:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser extranjero residente en España con permiso de trabajo, en el momento de solicitar la beca.

b) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero Superior o Arquitecto. La fecha de fin de estudios debe ser posterior al 1 de enero de 2001, excepto los solicitantes que acrediten haberse dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de cinco años entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de enero de 2001, en que ha de ser posterior al 1 de enero de

1997.

c) Para optar a estas becas, la nota mínima del expediente académico del candidato deberá ser igual o superior a 1,60.

d) Todas las solicitudes de becas tendrán un director del trabajo que deberá ser doctor y profesor permanente de la Universidad de Jaén. Este profesor deberá pertenecer a un Grupo de Investigación del PAI en la UJA, de los incluidos en el Anexo I.

3. Jornada y dotación de las becas.

a) Los becarios desarrollarán una jornada de 30 horas semanales.

b) La cuantía de las becas será de 1.000 E brutos mensuales. Además, la dotación cubrirá los precios públicos por servicios académicos de los cursos de doctorado del presente año académico, así como un seguro de accidentes en los términos establecidos en el Reglamento.

c) El pago de las becas se efectuará a los beneficiarios por mensualidades completas, contándose la primera de ellas a partir de la incorporación del becario a la Universidad de Jaén.

d) El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado. Las cantidades indebidamente percibidas deberán ser inmediatamente reintegradas a la Universidad de Jaén.

4. Duración de las becas.

Las becas tendrán una duración de un año, pudiendo renovarse. Las solicitudes de prórroga se presentarán en el

Vicerrectorado de Investigación, dentro del décimo mes desde la Resolución por la que se conceden las becas.

5. Carácter de las becas.

a) La concesión y disfrute de una beca no establece relación contractual con la Universidad de Jaén, ni implica ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del

interesado a la plantilla de la misma.

b) La renuncia a las becas deberá presentarse ante el

Vicerrectorado de Investigación.

c) El Vicerrector de Investigación podrá conceder la

interrupción del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del director del trabajo.

d) Los becarios podrán prestar colaboraciones, con fines formativos, en tareas docentes del Departamento al que estén adscritos, impartiendo clases prácticas, hasta un máximo de ochenta horas/curso académico, a partir del segundo año de la beca, previa solicitud del Departamento al Vicerrectorado de Ordenación Académica, de conformidad con lo establecido en el Reglamento.

6. Condiciones del disfrute.

El disfrute comienza con la incorporación del becario al Grupo de Investigación, en el plazo que se señale en la Resolución de adjudicación.

7. Solicitudes y documentación.

a) El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará a los 15 días hábiles.

b) Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, recogido en el Anexo II de esta Resolución, que estará a disposición de los interesados en el Registro General de la Universidad de Jaén. Las solicitudes, dirigidas al Vicerrector de Investigación, deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en los lugares establecidos en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

c.1) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o

equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea, o tarjeta de residente del solicitante en caso de naturales de otros países.

c.2) Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia, en la que figuren de forma detallada las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente. En caso de ser seleccionado se requerirá la documentación debidamente

compulsada.

c.3) Aceptación del Director del Departamento donde se vaya a incorporar el becario.

c.4) Memoria del proyecto de investigación o formación que se pretende realizar durante el disfrute de la beca, con un informe del Director de la actividad.

8. Evaluación de las solicitudes.

La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén

evaluará las solicitudes considerando tanto el Grupo de Investigación por el que se solicita la beca como el

expediente académico del solicitante. El expediente académico tendrá un peso del 75%, mientras que la puntuación obtenida por el Grupo de Investigación en la última convocatoria resuelta del Plan Andaluz de Investigación tendrá un peso del

25%. Tanto el expediente académico como la puntuación del Grupo se normalizarán previamente sobre un máximo de 4 puntos.

9. Obligaciones de los becarios.

a) La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria.

b) Incorporarse al Grupo de Investigación en el plazo

establecido en la notificación de la concesión de la beca, salvo que cuenten con autorización del Vicerrector de

Investigación de aplazamiento, entendiéndose la no

incorporación como renuncia a la beca.

c) Desarrollar eficazmente el plan de trabajo presentado, de acuerdo con las fases previstas y de conformidad con las normas propias del Grupo en que se lleve a cabo la

investigación.

d) Realizar su labor en el Grupo de Investigación de

aplicación de la beca, siendo necesario para cualquier cambio de Director, solicitar autorización previa al Vicerrector de Investigación.

e) Comunicar al investigador o investigadores responsables y al Vicerrector de Investigación las causas de suspensión temporal por enfermedad justificada o maternidad. La

interrupción por maternidad no podrá ser superior a 16 semanas y dicho período será recuperable siempre que las

disponibilidades presupuestarias y la vigencia de la actividad lo permitan. La dotación de la beca se reducirá al 75 por 100 mientras dure la baja por maternidad.

f) Justificar ante la Comisión de Investigación la realización de la actividad. Para ello deberá remitir Memoria Anual sobre el desarrollo de la investigación según modelo establecido al efecto, en la que deberá constar el estado de la misma y la conformidad del Director del trabajo.

g) Presentar, en la fecha de finalización de la beca, una Memoria que indique el trabajo realizado y sus resultados (publicaciones, patentes, etc.) Esta Memoria deberá

acompañarse de un informe del investigador o investigadores responsables.

h) Realizar estancias temporales en centros de investigación nacionales o extranjeros y en empresas, con objeto de

completar su formación investigadora, a requerimiento motivado del investigador o investigadores responsables.

i) Someterse a las actuaciones de comprobación que quiera efectuar la Comisión de Investigación.

j) Comunicar al Vicerrectorado de Investigación la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad.

Jaén, 28 de abril de 2004.- El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

GRUPOS DE INVESTIGACION

- Código PAI: AGR230. Denominación del grupo: "Microbiología de los alimentos y del medio ambiente". Responsable: Antonio Gálvez del Postigo.

- Código PAI: CVI84. Denominación del grupo: "Biología y Fisiología Celular". Responsable: M.ª Angeles Peinado

Herreros.

- Código PAI: CVI220. Denominación del grupo: "Genética Molecular Humana y Animal". Responsable: Teresa Amalia

Palomeque Messía.

- Código PAI: CVI258. Denominación del grupo: "Estudios Moleculares de Patologías Humanas". Responsable: Francisco Luque Vázquez.

- Código PAI: CVI286. Denominación del grupo: "Bioquímica y Señalización Celular". Responsable: Juan Bautista Barroso Albarracín.

- Código PAI: CVI294. Denominación del grupo:

"Inmunogenética". Responsable: Antonio José Caruz Arcos.

- Código PAI: CVI296. Denominación del grupo: "Fisiología y Patología Experimental y Clínica". Responsable: J. Manuel Martínez Martos.

- Código PAI: FQM182. Denominación del grupo: "Grupo de Investigación en compuestos de interés biológico".

Responsable: Manuel Nogueras Montiel.

- Código PAI: FQM323. Denominación del grupo: "Química

Analítica de la Universidad de Jaén". Responsable: Antonio Molina Díaz.

- Código PAI: HUM357. Denominación del grupo: "Patrimonio Arqueológico es Jaén". Responsable: J. C. Castillo Armenteros y Manuel Molinos Molinos.

- Código PAI: HUM679. Denominación del grupo: "Estudios de Lingüística Aplicada a la Enseñanza del Inglés". Responsable: Antonio Bueno González.

- Código PAI: RNM296. Denominación del grupo: "Ecología forestal y dinámica del paisaje". Responsable: José Antonio Carreira de la Fuente.

- Código PAI: RNM325. Denominación del grupo: "Procesos y Recursos Geológicos". Responsable: Juan Jiménez Millán.

- Código PAI: SEJ311. Denominación del grupo: "Problemas Sociales, Etnicidad y Criminología". Responsable: Felipe Morente Mejías.

- Código PAI: TEP164. Denominación del grupo: "Ingeniería Cartográfica". Responsable: Francisco Javier Ariza López.

- Código PAI: TIC170. Denominación del grupo: "Sistemas Inteligentes". Responsable: M.ª José del Jesús Díaz.

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