Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 25/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 21 de febrero de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, relativa a la solicitud de autorización ambiental integrada presentada por Industria de Vigas y Galvanizados, S.A. (AAI/CA/007). (PP. 1030/2005).

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Visto el expediente AAI/CA/006 iniciado a instancia de don José Carrasco Castañeda, en nombre y representación de la empresa Industria de Vigas y Galvanizados, S.A., en solicitud de otorgamiento de autorización ambiental integrada, instruido en esta Delegación Provincial conforme a lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 4 de marzo de 2004, se presentó por don José Carrasco Castañeda, en nombre y representación de Industria de Vigas y Galvanizados, S.A., en adelante IVG, solicitud de otorgamiento de autorización ambiental integrada, en adelante AAI, para su instalación de Jerez de la Frontera. El Anexo 1 de esta Resolución contiene una descripción de la instalación.

Segundo. A dicha solicitud se acompañó la siguiente documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 16/2002:

- Proyecto básico de la actividad suscrito por equipo redactor compuesto por don Alfonso José Vidal Agarrado, licenciado en Ciencias del Mar, don José Carrasco Castañeda, licenciado en Ciencias Químicas y don Pedro Javier Astola González, licenciado en Ciencias Químicas, acompañado por toda la documentación prevista en el artículo 12 de la Ley 16/2002, que le es de aplicación.

- Estudio ambiental a efectos del procedimiento de Informe Ambiental que se integra en la presente AAI.

- Escritura de constitución de la sociedad Inversiones y Consultores Rafave, S.L.

- Escritura de ampliación de objeto, venta de participaciones y cese y nombramiento de administradores de la sociedad Inversiones y Consultores Rafave, S.L.

- Escrituras de transformación en sociedad anónima, modificación y ampliación de objeto, traslado de domicilio y aumento de capital de la sociedad Inversiones y Consultores Rafave, S.L.

- Escritura de cambio de denominación de la sociedad Inversiones y Consultores Rafave, S.L. para pasar a denominarse Industria de Vigas y Galvanizados, S.A.

- Solicitud de informe de compatibilidad urbanística de la instalación de galvanizado en las parcelas previstas al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera.

Esta documentación fue completada y subsanada mediante la presentación en fecha 8 de junio de 2004 de un nuevo proyecto básico en el que se modificaban algunas de las soluciones inicialmente adoptadas.

Tercero. Con fecha 30 de enero de 2004, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera emitió informe acreditativo de la compatibilidad de la Industria de Galvanizado promovida por Inversiones y Consultores Rafave, S.L. en las parcelas 24.1 y

24.2 del Sector 33 "Ciudad del Transporte" con el planeamiento urbanístico con Plan General de Ordenación Urbanística.

Cuarto. Incoado el correspondiente expediente administrativo, que procedimentalmente ha de regirse por lo dispuesto en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, se procede a someter el expediente a información pública durante 30 días, mediante inserción de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia número 171, de

24 de julio de 2004. Durante el trámite de información pública no fueron recibidas alegaciones.

Quinto. Transcurrido el período de treinta días, desde el 26 de julio hasta 30 de agosto de 2004, de información pública, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley

16/2002, el expediente fue remitido al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, que emitió informe favorable con fecha 29 de septiembre de 2004.

Sexto. Con fecha 31 de agosto de 2004, se comunica al

Departamento de Prevención Ambiental de la Delegación

Provincial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente, en adelante DPCCMA, que debe iniciar la tramitación del

preceptivo "Informe Ambiental", previsto en la Ley 7/1994, de

18 de mayo, de Protección Ambiental de Andalucía, a efecto de su incorporación en la presente AAI.

Séptimo. Así mismo se incorporó al expediente el Informe Ambiental, emitido el 19 de noviembre de 2004 por la Comisión Interdepartamental de la DPCCMA. El Anexo IV de la presente AAI incorpora el texto completo de la Resolución de Informe Ambiental.

Octavo. De acuerdo a lo estipulado en el artículo 20 de la Ley

16/2002, se procede a dar trámite de audiencia a los

interesados. Mediante escrito de fecha 18 de febrero de 2005, los promotores desisten de presentar alegaciones, por lo que se tiene por realizado el trámite.

A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. De conformidad con el artículo 3.h) de la Ley

16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, se entiende que el órgano competente para otorgar la autorización ambiental integrada será el órgano de la Comunidad Autónoma en la que se ubique la instalación que ostente las competencias en materia de medio ambiente.

Segundo. El artículo 12.3 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que, en aquellos casos en los que una disposición atribuya competencia a una Administración sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Por lo que, corresponde a la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente, resolver la solicitud de autorización ambiental integrada presentada por IVG.

Tercero. La instalación de referencia se encuadra en el epígrafe 2.6 "Instalaciones para el tratamiento de superficie de metales y materiales plásticos por procedimiento

electrolítico o químico, cuando el volumen de las cubetas o de las líneas completas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 m", del anejo 1 de la Ley 16/2002, quedando incluida, por tanto, en su ámbito de aplicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del citado texto normativo.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1994, de

18 de mayo, de Protección Ambiental, la actuación se ha sometido al trámite de Informe Ambiental, al tratarse de una actividad comprendida en el Anexo II de dicho cuerpo legal.

Por lo que a la vista de los anteriores antecedentes y

fundamentos de derecho y vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Ley 16/2002, de 1 de julio de 2002, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas; la Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico; la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y demás normativa de general y pertinente aplicación, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia,

SE RESUELVE

Otorgar la autorización ambiental integrada a la instalación de referencia, siempre que la actividad proyectada se ajuste a los requerimientos expresados en el informe técnico presentado por el promotor y a los condicionantes que se incluyen como Anexo del presente documento, con objeto de adecuarse a las mejores técnicas disponibles, tal y como dispone la Ley

16/2002, de Prevención y Control Integrados de la

contaminación.

Cádiz, 21 de febrero de 2005.- La Delegada, Isabel Gómez García.

Debido a lo extenso del documento original, el contenido íntegro de la presente Resolución, incluidos sus Anexos, estará expuesto durante un mes en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, sita en Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta, Edificio Junta de Andalucía, de Cádiz, a partir del mismo día de esta publicación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Excma. Consejera de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente autorización, de acuerdo con lo establecido en los artículos

114, 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

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