Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 102 de 27/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 6 de mayo de 2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se acuerda la acumulación de las funciones de los puestos de trabajo de Secretaría General e Intervención General de la Mancomunidad de Aguas del Condado (Huelva), a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten dichos cargos en el Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado (Huelva).

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Las Mancomunidades de Municipios, de acuerdo con el artículo 3.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, gozan de la condición de Entidades Locales.

De conformidad con el artículo 92.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y el artículo 1 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, de Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional la de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y el control y la fiscalización interna de la gestión económica financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación.

Con este fin, se ha instruido el preceptivo expediente que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, 4 y 31. 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, 2 del Real Decreto Legislativo 2/1994, de 25 de junio y Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y demás normas concordantes.

El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía de Andalucía atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía, competencia exclusiva en materia de Régimen Local, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18 de la Constitución Española.Por todo ello, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 467/1994, de

13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en relación con lo dispuesto en el artículo 12.1.e) del Decreto

200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Esta Dirección General, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Se acuerda la acumulación de las funciones de los puestos de trabajo de Secretaría General e Intervención General de la Mancomunidad de Aguas del Condado (Huelva), a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que ostenten dichos cargos en el Ayuntamiento de Bollullos par del Condado (Huelva).

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Sevilla, 6 de mayo de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

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