Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 31/05/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 10 de mayo de 2005, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, con carácter genérico, de la Casa-Molino de Angel Ganivet, en Granada.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

Con la promulgación de la referida Ley 1/1991 se puede realizar la inscripción en dicho Catálogo con carácter genérico cuando se pretenda únicamente identificar un bien como parte integrante de nuestro Patrimonio.

II. El inmueble tiene su origen en un molino de época árabe del que se conservan cinco bóvedas de piedra por las que pasa la acequia Gorda del Genil. Dicha acequia, construida por Ahmed ben Jalaf en el año 1073, posibilitó la aparición de huertas, molinos y quintas de recreo. El edificio corre paralelo a la acequia Gorda que desde época árabe ha estado jalonada por molinos harineros y molinos de papel, algunos de los cuales todavía se conservan como testimonio de un modo de vida fuertemente arraigado en el barrio del Realejo. La toponimia de las calles muestra la importancia de los molinos en esta zona repitiéndose los nombres que hacen referencia a dicha industria: calle Molinos, calle Molino del Capitán, calle Molino de Santa Ana, calle del Molinillo, placeta del Molinillo, Ribera de los Molinos, Cuesta de los Molinos.

Desde el punto de vista etnológico, la historia de la Casa- Molino es de interés por la estrecha relación entre el inmueble y el oficio de molinero, que ejercido por los familiares y antepasados de Angel Ganivet desde el siglo XVIII ha mantenido su actividad hasta 1925. El escritor participó en las tareas del molino hasta los catorce años (1879), momento en que ingresa en el Instituto.

Aunque el inmueble denominado Casa-Molino de Angel Ganivet en Granada, tiene incoado expediente de declaración de Monumento Histórico Artístico, por Resolución de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos del Ministerio de Cultura, el hecho de que dicho bien haya sufrido una gran reforma, se encuentre en el ámbito del PEPRI del área Centro de Granada y la ausencia de bienes muebles han hecho aconsejable adecuar la protección que actualmente tiene, iniciando el procedimiento para su inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz con carácter genérico.

Vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1, de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y el artículo 5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto

19/1995, de 7 de febrero,

R E S U E L V O

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, con carácter genérico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Casa-Molino de Angel Ganivet en Granada.

Segundo. Proceder a la anotación preventiva del Bien en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del Bien, que tienen el deber de

conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se

garantice la salvaguarda de sus valores. Así mismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los

investigadores acreditados por la misma.

Cuarto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación del

procedimiento se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura en Granada.

Quinto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de mayo de 2005.- El Director General, Jesús Romero Benítez.

A N E X O

IDENTIFICACION

Denominación: Casa-Molino de Angel Ganivet.

Provincia: Granada.

Dirección: Cuesta de los Molinos, núm. 8.

DESCRIPCION

El edificio que actualmente se denomina Casa-Molino de Angel Ganivet es producto de una profunda reforma llevada a cabo en

1995 por la Diputación Provincial, su actual propietaria. En ella se han respetado la estructura de la fachada decimonónica incluyendo el relieve con busto del escritor Angel Ganivet, una placa conmemorativa de 1965 y la base del antiguo molino árabe sobre la que se asienta el módulo construido

perpendicular a la fachada. Esta base consta de cinco bóvedas de medio cañón de piedra.

La fachada, situada en la Cuesta de los Molinos, se estructura mediante vanos regularmente dispuestos. Los materiales son los empleados en la construcción actual. No se ha reproducido el color ocre que originalmente tenía siendo ahora blanca. Sobre el antiguo núm. 14 de la casa hay un busto orlado de Angel Ganivet con una placa conmemorativa de 1900, obra de Loyzaga. Dicha placa dice: EN ESTA CASA VIVIO / EL MALOGRADO ESCRITOR GRANADINO / ANGEL GANIVET GARCIA / CONSUL DE ESPAÑA EN RIGA. DONDE MURIO EL 28 DE NOVIEMBRE DE 1898 / EL EXMO. AYUNTAMIENTO DE GRANADA / LE DEDICA ESTE RECUERDO / MCM. En la fachada correspondiente al núm. 18 se encuentra otra placa de

cerámica, puesta por el Ayuntamiento en 1965, fecha en que se acometen obras de mejora en el inmueble. En ella dice: EN EL AÑO 1965 SE HIZO ESTA / OBRA, EN OCASION DEL CENTENARIO / DE ANGEL GANIVET, QUE VIVIO EN ESTA / CALLE, Y COMO HOMENAJE DEL / AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD / A TAN ILUSTRE HIJO.

El interior del inmueble se encuentra reformado y adaptado a las necesidades de la institución que acoge, el Centro de Estudios Etnológicos Angel Ganivet, aunque se ha respetado la distribución de volúmenes construidos. El inmueble ocupa dos crujías, una paralela a la línea de fachada y otra

perpendicular a ésta que suplanta al espacio ocupado en su momento por el molino.

El ingreso a la planta baja se realiza a través de un zaguán con pavimento de Sierra Elvira y un pilar del mismo material, funciona como distribuidor dando acceso a tres dependencias: Sala de exposiciones, sala de conferencias y almacén.

La escalera que parte del zaguán comunica con la primera planta, en la que se encuentra la biblioteca, la sala de reuniones y oficinas. Asimismo, la escalera que parte de la biblioteca da acceso al patio y jardín de la Casa-Molino. El patio se sitúa sobre la acequia y frente a él se encuentra uno de los muros del Molino del Marqués, molino contiguo,

conformando un espacio muy pintoresco. El jardín se extiende paralelo a la Acequia Gorda, estando comunicado con el

edificio mediante un puente de nueva construcción.

DELIMITACION DEL BIEN

La delimitación del Bien afecta a la totalidad del edificio. Ocupa las parcelas 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 34 de la manzana

80390.

height="15">.

Descargar PDF