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Advertido error en el artículo 5.2 donde dice:
"Cada estadio o sexenio de promoción retributiva será reconocido mediante Resolución expedida por el órgano competente, según el modelo que figura en el Anexo II de la presente Orden."
Debe decir:
"Cada estadio o sexenio de promoción retributiva será reconocido mediante Resolución expedida por el órgano competente, según el modelo que figura en los Anexos II ó III, según proceda, de la presente Orden."
Advertido, igualmente, error en el Anexo II de la Orden citada, debe quedar como sigue, añadiéndose también el Anexo III.
Sevilla, 9 de mayo de 2005
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