Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 09/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 5 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1261/2003. (PD. 1999/2005).

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NIG: 4109100C20030032072.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1261/2003.

Negociado:E.

Sobre: Ordinario derivado del monitorio 540/02.

De: Construcciones y Gestiones El Arcángel, S.L.

Procuradora: Sra. Gabriela Duarte Domínguez106.

Contra: Delgado Pombo y Asociados, S.L., Rogelio Delgado Romero y María del Sol Barragán Alcántara.

Procurador: Sr. Santiago Rodríguez Jiménez 186 y Santiago Rodríguez Jiménez.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1261/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Sevilla a instancia de Construcciones y Gestiones El Arcángel, S.L. contra Delgado Pombo y Asociados, S.L., Rogelio Delgado Romero y María del Sol Barragán Alcántara sobre ordinario derivado del monitorio 540/02, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Sevilla, a 22 de noviembre de 2004 4E, vistos por don Antonio Marco Saavedra Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el núm./03 a instancia de "Construcciones y Gestiones El Arcángel, S.L.", representada por la Procuradora Sra. Duarte Domínguez y asistida por el Letrados Sr. Fernández García, contra "Delgado Pombo y Asociados, S.L." , en rebeldía, contra don Rogelio Delgado Romero y doña María del Sol Barragán Alcántara, representados por el Procurador Sr. Rodríguez Jiménez y defendidas por el Letrado Sr. Monedero Martín sobre reclamación de cantidad y

F A L L O

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora Sra. Duarte Domínguez en nombre y representación de "Construcciones y Gestiones El Arcángel S.L." contra "Delgado Pombo y Asociados, S.L.", don Rogelio Delgado Romero y doña María del Sol Barragán Alcántara, debo condenar y condeno a los referidos demandados Delgado Pombo y Asociados, S.L." y Sr. Delgado a abonar a la actora la suma de 33.662,41 euros, con sus intereses y al pago de las costas procesales.

Del mismo modo, debo absolver y absuelvo a la Sra. Barragán, sin hacer pronunciamiento sobre las costas causadas por la misma.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E./

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Delgado Pombo y Asociados, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a seis de abril de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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