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De conformidad con lo establecido en el art. de la Ley
4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el punto 1.º del Acuerdo de de enero de 1989 del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza a las Consejerías y Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía a la percepción de precios públicos por la venta de ediciones que publiquen, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y en uso de las facultades que me han sido conferidas.
DISPONGO
Artículo único. Los precios para las publicaciones editadas por la Consejería de la Presidencia, que se relacionan a continuación, quedan fijados en las cuantías que se indican.
Publicación:
Ley de la Flora y la Fauna Silvestres. Precio por ejemplar (IVA incluido): 4,34 euros.
Ley de Protección de los Animales. Precio por ejemplar (IVA incluido): 2,23 euros.
Ley de Declaración de Voluntad Vital Anticipada. Precio por ejemplar (IVA incluido): 1,46 euros.
Ley Reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía (IVA incluido): 2,23 euros.
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Sevilla, 1 de junio de 2005
GASPAR ZARRIAS AREVALO
Consejero de la Presidencia
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