Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 20/06/2005

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

EDICTO de la Sección Quinta dimanante del rollo de apelación núm. 792/2001.

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NIG: 2906737C20010002144.

Núm. procedimiento: Rollo Apelación Civil 792/2001. Asunto: 500884/2001.

Autos de: Menor Cuantía 362/1999.

Juzgado de origen: Juzgado de 1.ª Instancia 12 de Málaga. Negociado: 3R

Apelante: Andrés Navarro Rosado, Luis Merino Ballona y Administración General del Estado.

E D I C T O

En el recurso referenciado, se ha dictado sentencia con fecha

31.5.05 cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"SENTENCIA NUM. 470

En Málaga a treinta y uno de mayo de dos mil cinco. Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga sobre resolución de compraventa, seguidos a instancia de don Andrés Navarro Rosado y don Luis Merino Bayona representados en el recurso por la Procuradora Sra. Ojeda Maubert y defendidos por el Letrado Sr. Barrionuevo Rubio, contra la Administración General del Estado representada en el recurso y defendida por el Sr. Abogado del Estado; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia dictada en el citado juicio. Estando rebelde en ambas instancias la codemandada, "El Capistrano S.A." F A L L A M O S

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Administración General del Estado, ejercida por el Sr. Abogado del Estado, contra la sentencia dictada en fecha once de diciembre de 2000 por el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga en sus autos civiles

362/1999, debemos confirmar y confirmamos íntegramente dicha resolución dando por reproducidos cuantos pronunciamientos contiene en su parte dispositiva y condenando expresamente a la parte apelante al abono de las costas causadas en esta alzada.

También acuerda la Sala desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación de los Sres. Navarro Rosado y Merino Bayona contra el auto de fecha 25 de mayo de 2001 dictado en el seno del incidente de ejecución provisional, y en su virtud confirmar íntegramente dicha resolución con expresa condena de los apelantes al abono de las costas causadas en esta concreta apelación.

Notifíquese esta Resolución en legal forma haciendo saber a las partes que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.

Devuélvanse los autos originales, con testimonio de ella, al Juzgado de su procedencia a sus efectos.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Apelada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a la entidad demandada-apelada El Capistrano, S.A. Y para que sirva de notificación de sentencia en legal forma al referido apelado que se encuentra en ignorado paradero, expido el presente en Málaga a tres de junio de dos mil cinco.- El/la Secretario Judicial.

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