Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 19/01/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. Nº4 TORREMOLINOS (ANTES MIX. Nº8)

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 346/2004. (PD. 74/2005).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2990142C20040000739.

Procedimiento: Juicio Verbal 346/2004. Negociado.

De: Don Mariano Alba Pérez.

Procuradora: Sra. Araceli Ceres Hidalgo.

Contra: Don Isidoro Alex García, y Prosperity, S.A., Seguros Generales.

Procurador: Sr. Fortuny de los Ríos, Miguel.

Letrado: Sr. Fernández Ramos, Juan.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Verbal 346/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Torremolinos a instancia de Mariano Alba Pérez contra Isidoro Alex García y Prosperity SA, Seguros Generales, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la ciudad de Torremolinos, a 9 de julio de 2004. Vistos por don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Cuatro de la ciudad de Torremolinos (Málaga) y su partido judicial, los autos de Juicio Verbal núm. 346/04 seguidos en este Juzgado a instancia de Mariano Alba Pérez, representado por la Procuradora Sra. Ceres Hidalgo y defendido por el Letrado Sr. Fajardo Ureña contra la entidad Prosperity S.A. de Seguros Generales representada por el Procurador Sr. Fortuny de los Ríos y defendida por el Letrado Sr. Fernández Ramos y contra Isidoro Alex García, declarado en rebeldía, y,

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Ceres Hidalgo en nombre y representación de Mariano Alba Pérez contra la entidad Prosperity S.A. de Seguros Generales e Isidoro Alex García debo condenar y condeno a éstos a satisfacer de forma solidaria al actor la cantidad de 458,80 euros por daños materiales; dicha cantidad devengará el interés legal para el particular y el interés legal del dinero incrementado en un 50% desde la fecha de producción del accidente, para la Compañía de Seguros; todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días a preparar ante este Juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Isidoro Alex García, a través de su publicación en el BOJA extiendo y firmo la presente en Torremolinos a quince de diciembre de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

Descargar PDF