Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 11/07/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 30 de junio de 2005, por la que se adapta el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores, para el año 2005, previsto en la Orden que se cita.

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El Real Decreto 178/2005, de 18 de febrero, regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores. Esa norma, que se dicta con el carácter de normativa básica, remite a las Comunidades Autónomas la gestión y pago de dichas ayudas, y es por lo que para su aplicación en Andalucía por esta Consejería se dicta la Orden de 13 de junio de 2005 (BOJA núm. 120, de 22 de junio de

2005), que en la disposición transitoria primera prevé que para el año 2005 las solicitudes se podrán presentar en el plazo que establece el propio Real Decreto 178/2005.

No obstante, posteriormente, el Real Decreto-Ley 10/2005, de

20 de junio, dedicado a establecer normas en relación con los daños producidos por la sequía, en su disposición transitoria segunda titulada "Ampliación y reapertura de plazos relativos a otras disposiciones", viene a establecer con carácter excepcional para el año 2005 un segundo plazo de presentación de solicitudes de las mencionadas ayudas para la renovación del parque nacional de tractores.

Es por ello que, sin perjuicio de la directa e inmediata aplicación de la normativa básica, se considera conveniente la armonización de la Orden de 13 de junio de 2005 a dicha normativa, adaptando sus previsiones al nuevo plazo de presentación de solicitudes.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, y en ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y el Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca,

D I S P O N G O

Artículo único. 1. De conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la disposición transitoria segunda del Real Decreto-Ley 10/2005, de 20 de junio, (BOE 147, de 21 de junio de 2005), se adapta el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas previsto en la disposición transitoria única de la Orden de 13 de junio de 2005, por la que se desarrollan determinados aspectos del procedimiento para la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de tractores, de forma que para el año 2005 asimismo podrán presentarse solicitudes en el período abierto desde el día siguiente al de la publicación del citado Real Decreto-Ley y que finaliza en el plazo de un mes, contado desde la misma fecha.

2. En relación con las solicitudes que se presenten en dicho plazo, las Delegaciones Provinciales elevarán la propuesta de resolución a más tardar el 13 de septiembre de 2005 a la Dirección General de la Producción Agraria, que dictará la correspondiente resolución antes del 13 de octubre del mismo año.

3. Por su parte, la justificación a la que se refiere el artículo 3 de la Orden de 13 de junio de 2005, antes referida, deberá llevarse a cabo antes del 30 de noviembre de 2005.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Sevilla, 30 de junio de 2005

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

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