Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 13/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 16 de junio de 2005, por la que se autoriza el cambio de denominación a los Centros docentes privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria "Bética" de Córdoba.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Examinado el expediente incoado a instancia de doña Concepción Romera Piñero, en su calidad de directora y representante legal de "Institución Teresiana Asociación Civil", entidad titular de los Centros docentes privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria "Bética", con domicilio en C/ Vandalino, núm., de Córdoba, en solicitud de cambio de denominación de los Centros por el de "Bética-Mudarra".

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Córdoba.

Resultando que los centros con código 14002145, tienen autorización definitiva para 6 unidades de Educación Infantil para 150 puestos escolares, 18 unidades de Educación Primaria para 450 puestos escolares, 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 360 puestos escolares y 4 unidades de Bachillerato para 140 puestos escolares.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece que la titularidad de los Centros la ostenta la "Institución Teresiana Asociación Civil".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de

3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE de 24 de diciembre); el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general (BOE de 10 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de

20 de junio).

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar el cambio de denominación actual de los Centros docentes privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria "Bética" por el de "Bética- Mudarra", quedando como a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: Bética-Mudarra.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm..

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Institución Teresiana Asociación Civil.

Composición resultante: 6 unidades de Educación Infantil para

150 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: Bética-Mudarra.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm..

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Institución Teresiana Asociación Civil.

Composición resultante: 18 unidades de Educación Primaria para

450 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: Bética-Mudarra.

Código de Centro: 14002145.

Domicilio: C/ Vandalino, núm..

Localidad: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Provincia: Córdoba.

Titular: Institución Teresiana Asociación Civil.

Composición resultante:

- unidades de Educación Secundaria Obligatoria para 360 puestos escolares.

- unidades de Bachillerato, modalidades:

2 unidades en la modalidad de Ciencias y Tecnología para 70 puestos escolares.

2 unidades en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales para 70 puestos escolares.

Transitoriamente y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes a la Educación Infantil y al Bachillerato en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, los Centros podrán impartir en las unidades

autorizadas de dichas enseñanzas, las siguientes:

a) En las unidades de Educación Infantil autorizadas, las enseñanzas correspondientes al Segundo Ciclo de la Educación Infantil establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

b) En las unidades de la modalidad de Ciencias y Tecnología del Bachillerato, las enseñanzas correspondientes a la

modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

Segundo. Dichos Centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Tercero. Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.Sevilla, 16 de junio de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

Descargar PDF