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NIG: 4108742C20040001596.
Procedimiento: Expte. de dominio 417/2004.
Negociado: C3.
Sobre expte. de dominio, reanudación tracto sucesivo.
Solicitante: Doña Fátima Ponferrada Iñigo.
Procurador: Sr. Arredondo Prieto, José Luis.
E D I C T O
En los autos de referencia se ha dictado resolución del tenor literal siguiente;
Providencia de la Juez doña María Luz Losada Vime.
En Sanlúcar la Mayor, a siete de abril de dos mil cinco.
Recibido el presente escrito, documentos que se acompañan, poder y copia del Procurador Arredondo Prieto, José Luis, se admite a trámite, incoándose el expediente de dominio para la reanudación del tracto sucesivo que se insta, en el que se tendrá por parte en nombre y representación de Fátima Ponferrada Iñigo, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del poder presentado que, previo testimonio en autos, se le devolverá.
Dese traslado del escrito presentado al Ministerio Fiscal entregándole las copias del escrito y documentos, y cítese a don Antonio Darnaude Campos como titular registral respecto de las dos doceavas partes de la finca objeto de autos y como titulares registrales de las 10/12 partes restantes, a Arjona,, S.A., Florencio Bernal Mora, Juan Ponferrada Arjona, María Angeles Ponferrada Iñigo, María Nieves Bernal Moral, Francisco Genaro Bernal Mora, y María Dolores Ponferrada Iñigo, a Arjona, S.A., Florencio Bernal Mora, Juan Ponferrada Arjona, María Angeles Ponferrada Iñigo, María Nieves Bernal Moral, Francisco Genaro Bernal Mora, y María Dolores Ponferrada Iñigo como personas a cuyo nombre están catastrados y a Isabel María Gracia Darnaude Rojas Marcos, María Darnaude Medina e Isabel Medina Laffitte, como personas de las que proceden las 2/12 partes objeto del expediente, a fin de que dentro del término de diez días las puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domicilio se desconoce por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.
Convóquese a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada por medio de edictos que se fijarán en los tablones de anuncios de este Juzgado, y del Ayuntamiento de Aznalcóllar y del Juzgado de Paz de Aznalcóllar, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, así como en el Correo de Andalucía, para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente a los efectos expresados. Líbrense los edictos y oficios correspondientes, que serán entregados al Procurador actor para que cuide de su diligenciado y cumplimiento.
Debiendo la actora facilitar el domicilio de los titulares registrales y catastrales a que se ha hecho referencia, al objeto de proceder a su citación.
Descripción de la finca objeto de autos; 2/12 partes indivisas de la dehesa llamada Vista Alegre, procedente de la dehesa llamada Andrés Martín o las Cañadas del Carrasco, del término de Aznalcóllar, con una cabida de ciento veintidós hectáreas, setenta y cuatro áreas, noventa y cuatro centiáreas, linda por el Norte con el riachuelo y finca de los herederos de don Eduardo Llorent, por el Sur, con Arroyo del Saladillo y la misma finca los Herederos de Llorent, Este, con Río
Cañaveroso, y Oeste, con el riachuelo de la repetida finca de los Herederos de don Eduardo Llorent. Sus linderos actuales; Norte, Río Cañaveroso, Sur, Este y Oeste, finca llamada Cañada Honda. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor, con núm. finca 716, al tomo 1065 y 1999, libro 64 y
104, folios 27 y 67, en cuanto a dos doceavas partes indivisas a favor de don Antonio Darnaude Campos, por la inscripción
16.ª de dicha finca, que tiene fecha 6.4.1940, y en cuanto a la participación restante de diez doceavas partes indivisas, inscripciones 25.ª y 27.ª
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de su notificación.
Lo que así se propone y firma, doy fe.- El/La Juez.- El/La Secretario.
Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada por medio de edictos que se fijarán en los tablones de anuncios de este Juzgado, y del Ayuntamiento de Aznalcóllar y del Juzgado de Paz de Aznalcóllar, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, así como en el Correo de Andalucía, para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
En Sanlúcar la Mayor, a siete de abril de dos mil cinco.- La Secretaria.
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