Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 18/07/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 30 de junio de 2005, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión por el sistema de promoción interna.

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Existiendo plazas vacantes de adscripción indistinta a los grupos B y C de las Escalas de la Universidad de Sevilla, ocupadas por funcionarios pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Grupo C, a fin de facilitar la promoción profesional en los términos previstos en el artículo 22 de la Ley 30/1984, de

2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, previa negociación con los representantes de los funcionarios, y en uso de las competencias que le están atribuidas en los arts. 75 de la Ley Orgánica de Universidades y 114 y siguientes del Estatuto, el Excelentísimo Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Características generales de la convocatoria.

1.1. Plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 17 plazas de la Escala de Gestión, por el sistema de promoción interna.

1.2. Disposiciones aplicables. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de esta convocatoria, en el Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad de Sevilla, la Ley Orgánica

6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, su normativa de desarrollo, así como por el resto de la normativa estatal y de la Comunidad Autónoma que sea de aplicación.

1.3. Sistema de selección. El procedimiento de Selección será el sistema de concurso-oposición.

En la fase de concurso se valorarán los méritos que se contemplan en el Anexo I.1.

En la fase de oposición, los participantes deberán desarrollar los ejercicios que se especifican en el Anexo I.2 de esta Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos en dicho Anexo.

El programa de materias sobre el que versarán los ejercicios se desarrolla en el Anexo I.3.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C del art. 25 de la Ley 30/84, encontrarse en situación de servicio activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una antig?edad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.

A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo la excedencia por cuidados de familiares y la de servicios especiales.

b) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los participantes manifiesten expresamente en su solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo de solicitudes. Deberán ser acreditados fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo al nombramiento como funcionario de carrera, siendo excluidos en caso contrario de la relación definitiva de aprobados.

2.1. Fecha de cumplimiento de los requisitos. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de

presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia, cuyo modelo se reproduce en el Anexo II, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la

Universidad de Sevilla. Podrá utilizarse dicho modelo

fotocopiado siempre y cuando se presente por duplicado

(ejemplar para la Sección de Selección de P.A.S. y para el interesado).

Los aspirantes con discapacitación podrán indicar en la instancia, utilizando el recuadro correspondiente, las

posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.2. Lugares y plazo de presentación de solicitudes. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía. La presentación de solicitudes se hará bien en el Registro General sito en la C/ San Fernando, núm.

4, o en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil sito en el Paseo de las Delicias, s/n, de la Universidad de Sevilla o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día 1 de octubre de 2005, dada la proximidad del período vacacional anual, y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.

3.3. Documentación a aportar junto con la solicitud. En el plazo indicado se acompañará a la solicitud de participación los siguientes documentos que se indican:

a) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para esta Escala, o al menos declaración de la titulación que se ostenta.

b) Documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer valer en la fase de concurso, de acuerdo a lo

establecido en el Anexo I.1.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Relación de admitidos y excluidos. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará resolución a publicar en el BOJA, en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

En dichos listados deberán constar, en todo caso, los

apellidos, nombre y número del DNI.

4.2. Plazo de subsanación. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días naturales contados a partir del

siguiente de la publicación para subsanar las causas que hayan podido dar lugar a la exclusión.

4.3. Relación definitiva de admitidos y excluidos.

Seguidamente procederá a publicarse relación definitiva de admitidos y excluidos en el BOJA.

5. Tribunales.5.1. Composición. El Tribunal Calificador, presidido por el Rector, estará constituido por cinco miembros de la Universidad de Sevilla o de otras Universidades

Andaluzas nombrados por aquel de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente. La composición de los miembros del Tribunal se hará pública mediante resolución del Rector junto con la lista de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en esta Escala.

El Tribunal no podrá estar mayoritariamente integrado por funcionarios del mismo Cuerpo o Escala objeto de selección.

5.2. Abstención y recusación. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las

circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dichas circunstancias.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de

participantes. En este sentido, se establecerán las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con minusvalía que lo soliciten.

5.3. Cambio en la composición. Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos

miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.2.5.4. Constitución. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia obligada del Presidente y el Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días a partir de su designación, y mínimo de 10 días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que procedan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. Sesiones. A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.6. Actuación del Tribunal durante el proceso. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que

pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7. Asesores. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.8. Garantía de corrección de ejercicios. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9. Información a los participantes. A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm., teléfonos

954 551 070 ó 954 551 067.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. Categoría. El Tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).

5.11. Declaración de aprobados. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas

selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.12. Adaptaciones para minusválidos. El Tribunal de

Valoración adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base.1. De

considerarse necesario se solicitará el oportuno informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y cuales otros sean procedentes para adoptar la decisión que corresponda, teniendo en cuenta para ello que los aspirantes con

discapacidad deberán indicar en la instancia el porcentaje de minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el

correspondiente recuadro de la solicitud. A ésta se acompañará certificación expedida por los órganos competentes, en la que se acredite el grado de minusvalía.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. Llamamiento único. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.2. Acreditación de la identidad. En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad. Si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla

comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

7. Calendario del proceso selectivo.

Fase de concurso: Las listas que contemplan la valoración de méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

Fase de oposición: La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijarán en la resolución del Rectorado de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe las listas de admitidos y excluidos. Este, no obstante, no se realizará antes del 15 de enero de 2006.

Desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 5 días hábiles y máximo de 45 días hábiles.

La fecha de celebración del segundo ejercicio se publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para

facilitar su máxima divulgación con 72 horas al menos de antelación a la señalada para el inicio del mismo.

8. Calificación final.

Las fases de oposición y concurso serán valoradas de acuerdo a lo que establece el Anexo I.1 y I.2. La calificación final de los aspirantes se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.i) del Decreto 2/2002, de 9 de enero (BOJA de 19 de enero).

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, por la puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir el empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio y en último lugar se atenderá al

criterio de la antig?edad en la Universidad de Sevilla.

Como último criterio de desempate se atenderá al procedimiento siguiente: Ordenación de menor a mayor del número inverso de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el empate; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el determinante para el inicio de los desempates.

9. Acuerdo provisional de aprobados.

9.1. Junto con la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará con carácter provisional relación de aprobados, que deberá estar ordenada por orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento Nacional de Identidad y habrá de constar la puntuación desglosada de cada uno de los ejercicios celebrados y la valoración de la fase de concurso, en su caso.

9.2. Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales para posibles impugnaciones.

9.3. Acuerdo definitivo de aprobados. Finalizado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la relación de aprobados la cual se remitirá al Rector, quien, previa declaración de conformidad, ordenará su publicación.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

10.1. Documentación a presentar. En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores que hubieran superado el proceso selectivo deberán presentar en el Registro General de la Universidad además de aquellos otros acreditativos de las circunstancias exigidas en la base 2 los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la convocatoria, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III de esta convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

10.2. Exención de justificación. Estarán exentos de la entrega de dicha documentación quienes tengan suficientemente

acreditada en su expediente la documentación exigida en la base 10.1 para lo cual se solicitará certificado a la Sección correspondiente a efectos de certificación de reunir todos los requisitos.

10.3. Anulación de las actuaciones. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

11. Oferta y petición de destinos.

La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla previa oferta de los mismos.

A estos efectos serán ofrecidas a los participantes aprobados en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el orden de prioridad el de puntuación establecido en la relación de aprobados.

Tendrán no obstante preferencia para confirmar sus puestos aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble adscripción que integrara la oferta de destinos. De corresponderle algún otro puesto, en función de la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará a integrar la mencionada oferta de destinos.

12. Nombramientos.

Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal

Calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

13. Eliminación de archivos.

Se informa a los participantes en esta convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de

participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad de fecha 8 de febrero de

2002, permanecerán en los Archivos del Servicio de P.A.S. durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo Universitario de esta Universidad, y

que pasados dichos plazos serán eliminados por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado el

procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

14. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:

1.º Recurso de reposición previo al contencioso-

administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde su publicación.

2.º Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses según dispone el artículo 58 de la Ley de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso

contenciosoadministrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquel, al amparo de lo dispuesto en el artículo

116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Sevilla, 30 de junio 2005.- El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO I

I.1. MERITOS A VALORAR EN LA FASE DE CONCURSO

El máximo de puntos a otorgar en la fase de concurso será de

40 puntos.

a) AntigÜedad. Máximo 12 puntos. La antig?edad del funcionario teniendo en cuenta para ello los servicios prestados

reconocidos al amparo de la Ley 70/78, hasta la fecha de finalización del plazo de solicitudes de esta convocatoria será valorado de acuerdo a la siguiente escala:

- Servicios reconocidos en cualquier Grupo o Escala, a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.

- Servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala C, a razón de

0,5 puntos por cada año completo de servicios, sin perjuicio de que dichos períodos puedan ser valorados en el párrafo anterior, hasta un máximo de 6 puntos.

Las fracciones de tiempo superior a 6 meses serán valoradas con 0,25 puntos.

b) Grado personal. Máximo 11 puntos. El grado personal

consolidado se valorará conforme a la siguiente escala:

Grado de Nivel 22-21: 11,0 puntos.

Grado de Nivel 20-19: 9,5 puntos.

Grado de Nivel 18: 8,0 puntos.

Grado de Nivel 17 o inferior: 6,5 puntos.

c) Puesto de Trabajo. Máximo 11 puntos. Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe el aspirante como titular al final del plazo de solicitudes, de acuerdo a la siguiente escala:

Nivel 21 o superior: 11,0 puntos.

Nivel 20-19: 9,5 puntos.

Nivel 18: 8,0 puntos.

Nivel 17 o inferior: 6,5 puntos.

d) Titulación. Máximo 2 puntos. Se valorará con 1 punto por cada titulación superior a la exigida (Licenciado, Doctorado).

e) Superación de ejercicios de procesos selectivos de

promoción interna del mismo nivel en la Universidad de

Sevilla. Máximo 2 puntos. Se valorará a razón de 1 punto por cada ejercicio superado.

f) Formación. Máximo 2 puntos. Se valorarán los cursos de formación impartidos por el Centro de Formación de la

Universidad de Sevilla u homologados por éste y siempre que estén relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria, a razón de 0,01 por hora.

I.2. EJERCICIOS DE QUE CONSTA EL PROCESO SELECTIVO Y

CALIFICACION DE LOS MISMOS

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:

a) El primer ejercicio consistirá en un cuestionario de 80 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una

correcta, cuyo contenido estará relacionado con todo el programa.

La duración de este ejercicio será de 90 minutos.

b) El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, tipo test de respuestas alternativas, a elegir por el opositor de entre tres propuestos por el

Tribunal, uno de cada una de las partes del programa.

La duración de este ejercicio será de dos horas.

c) En cada uno de los ejercicios cada pregunta contestada incorrectamente penalizará descontando el valor de una

respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte

proporcional que corresponda.

d) Cada uno de los ejercicios serán valorados de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 15 puntos para superarlos. Para considerarlos superados se exigirá acertar como mínimo el 65% del número total de preguntas que integran cada uno de los cuestionarios, una vez aplicada la

penalización señalada en el apartado anterior.

I.3. PROGRAMA DE MATERIA

PRIMERA PARTE: ORGANIZACION INSTITUCIONAL,

ORGANIZACION DE LA ADMINISTRACION Y DERECHO ADMINISTRATIVO

1. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior: La Declaración de Bolonia. Antecedentes y consecuencias para el sistema

Universitario español. Créditos ECTS y movilidad: Programa europeo de movilidad; otros programas de intercambio y

cooperación universitaria.

2. La Administración participativa. La Administración por objetivos: Dirección por objetivos. La Administración para la calidad. Instrumentos de mejora de la calidad.

3. El factor humano en la organización: Grupos de trabajo y trabajo en equipo. Desarrollo y motivación de los Recursos Humanos.

4. La comunicación. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Los conflictos en las

organizaciones. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

5. La dirección de las organizaciones. Funciones directivas. Origen y naturaleza de la autoridad; el liderazgo: Clases, ámbito de actuación y factores de influencia. Jerarquía y autoridad: El proceso escalar. Responsabilidad y autoridad. Jerarquía lineal y jerarquía funcional. Delegación de la autoridad.

6. La planificación de la gestión pública. Estrategia

organizacional. La planificación estratégica y operativa. Definición de objetivos, evaluación y asignación de recursos. Instrumentos estadísticos, informáticos y de reproducción en la actividad de las organizaciones actuales. Instrumentos de análisis y mejora de la organización.

7. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Antecedentes. Estructura. Ambito de aplicación. Modificación efectuada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Relaciones entre las

Administraciones Públicas. Organos de las Administraciones Públicas. El ciudadano. Su relación con las administraciones públicas. Derechos y obligaciones. El acceso a los archivos y registros administrativos. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales.

8. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.

9. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Consideraciones generales, presupuestos, requisitos temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y

personal.

10. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. La regulación del procedimiento administrativo en el Derecho administrativo español.

11. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos. Clases de recursos y su regulación. El recurso extraordinario de revisión: Objeto, naturaleza y efectos.

12. Ley de contratos de la Administración Pública: Régimen Jurídico aplicable: Concepto y clases. Requisitos.

Procedimientos y forma de adjudicación. Prerrogativas de la administración en la ejecución de los contratos. Revisión de precios y otras alteraciones contractuales.

13. Régimen Jurídico de los contratos administrativos típicos o nominados: Obras, concesión de obra pública, gestión de servicios, suministros, consultoría, asistencia y el de servicios.

14. Investigación e Innovación tecnológica en la Ley Orgánica de Universidades y en la Ley Andaluza de Universidades.

15. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios y Administraciones Públicas.

SEGUNDA PARTE. GESTION UNIVERSITARIA

1. La autonomía Universitaria: Principios inspiradores y extensión de la Ley Orgánica de Universidades. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El

gobierno de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. El estudio en la Universidad.

2. La Ley Andaluza de Universidades: Los Estudiantes: Derechos y deberes. Becas y créditos.

3. La Ley Andaluza de Universidades: Coordinación

universitaria: Principios generales. Consejo Andaluz de Universidades.

4. La Ley Andaluza de Universidades: La calidad universitaria. Evaluación de la calidad y acreditación universitaria. Agencia andaluza de evaluación de la calidad y acreditación

universitaria.

5. Desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de

Universidades. El acceso y permanencia en la Universidad. Los procedimientos para el ingreso en los Centros universitarios.

6. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (1). Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Sevilla. Los Departamentos Universitarios: Constitución, competencias y órganos de gobierno. Las Facultades y Escuelas Universitarias: Creación, funciones y órganos de gobierno.

7. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (2). Los órganos colegiados de gobierno en la Universidad de Sevilla. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. Los órganos unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente.

8. El Estatuto de la Universidad de Sevilla (3). Docencia e investigación. Los estudiantes. La Administración

universitaria y los servicios. Los Servicios universitarios. Los servicios de asistencia a la comunidad universitaria.

9. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios. Régimen del funcionario docente universitario: Derechos y obligaciones. El profesorado contratado.

10. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades: El Acceso a los cuerpos docentes

universitarios.

11. La Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades: El acceso a la condición de profesor

contratado.

12. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad de

Sevilla. Convocatorias. Convalidación de estudios.

Procedimiento de convalidación.

13. Becas: Normas reguladoras; clases; procedimiento.

14. Títulos académicos universitarios. Los títulos propios de las universidades.

15. Estudios universitarios oficiales de Grado y Postgrado. Adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.

TERCERA PARTE. PERSONAL Y GESTION ECONOMICA

1. La función pública: Situación constitucional y organización actual. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario, ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas según la normativa estatal aplicable, la provisión de puestos de trabajo y promoción, requisitos, procedimientos y efectos según la normativa propia y autonómica.

2. Planificación de recursos humanos. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo. Situaciones de los funcionarios: Supuestos y efectos de cada una de ellas. Derechos y deberes de los funcionarios.

4. Las incompatibilidades del personal al servicio del sector público. Regulación, procedimiento y efectos.

5. El régimen disciplinario de los funcionarios públicos: Faltas y sus clases, sanciones, tramitación y efectos.

6. El personal funcionario de Admninistración y Servicios de la Universidad de Sevilla: Su regulación en la Ley Orgánica de Universidades y en el Estatuto de la misma.

7. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas: IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

8. La sindicación del personal funcionario y laboral de las Administraciones Públicas. La participación de los

trabajadores en la empresa. Organos de representación.

9. Modificaciones de los créditos iniciales del presupuesto de la Universidad de Sevilla. Créditos generados por ingresos. Incorporaciones de créditos. Créditos ampliables.

Transferencias de créditos. Créditos extraordinarios.

Suplementos de créditos. Reposiciones de créditos. Ajustes por prórroga presupuestaria. Baja por anulación. Cambio de

situaciones de los créditos definitivos.

10. La Universidad de Sevilla. Unidades de gasto; gastos de carácter plurianual; prestación de servicios internos;

operaciones de carácter no presupuestario.

11. La Universidad de Sevilla. Ordenación del gasto y

ordenación del pago, órganos competentes, fases del

procedimiento y documentos contables que intervienen.

Autorización de gastos. Disposiciones de gastos.

Reconocimientos de obligaciones. Ordenación del pago.

Operaciones mixtas.

12. La Universidad de Sevilla. Operaciones de presupuestos cerrados. Liquidación y cierre del ejercicio presupuestario. Organos de control interno. Los órganos de control externo: Especial referencia a la Cámara de Cuentas de Andalucía.

13. La Universidad de Sevilla. Estructura de los ingresos presupuestarios por su naturaleza; ingresos por tasas; precios públicos y prestaciones de servicios; ingresos patrimoniales; ingresos por transferencias corrientes y de capital; ingresos por la enajenación del inmovilizado; ingresos procedentes de activos y pasivos financieros.

14. La Universidad de Sevilla. Estructura de los ingresos presupuestarios por su naturaleza; gastos de personal; gastos en bienes corrientes y servicios; gastos financieros; gastos de transferencias corrientes y de capital; gastos de

inversión. Gastos en activos y pasivos financieros.

15. La Universidad de Sevilla. Pagos: Concepto y

clasificación. Medios de pago: Cheques y transferencias. Cuentas operativas, restringidas y financieras. Pagos en firme y a justificar. Pagos a través de Cajas Habilitadas. Fianzas y depósitos.

Ver Anexos en páginas 40 a 42 del BOJA núm. 137, de 15.7.2005

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