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Existiendo plazas vacantes de adscripción al grupo B de las Escalas de la Universidad de Sevilla, a fin de facilitar la promoción profesional en los términos previstos en el artículo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, previa negociación con los representantes de los funcionarios, y en uso de las competencias que le están atribuidas en los arts. de la Ley Orgánica de Universidades y 114 y siguientes del Estatuto, el Excelentísimo Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Características generales de la Convocatoria.
1.1. Plazas convocadas.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir 6 plazas de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, por el sistema de promoción interna.
1.2 Disposiciones aplicables.
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases de esta convocatoria, el Decreto 324/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad de Sevilla y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, su normativa de desarrollo, así como por el resto de la normativa estatal y de la Comunidad Autónoma que sea de aplicación.
1.3 Sistema de selección.
El procedimiento de selección será el sistema de concurso- oposición.
En la fase de concurso se valorarán los méritos que se contemplan en el Anexo I.1.
En la fase de oposición, los participantes deberán desarrollar los ejercicios que se especifican en el Anexo I.2 de esta Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos en dicho Anexo.
El programa de materias sobre el que versarán los ejercicios se desarrolla en el Anexo I.3.
2. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes a un Cuerpo o Escala adscrito al grupo C del art. 25 de la Ley 30/84, encontrarse en situación de servicio activo con destino en la Universidad de Sevilla y poseer una antig?edad de, al menos, dos años en aquel Cuerpo o Escala.
A estos efectos, se consideran asimilados a la situación de activo la excedencia por cuidados de familiares y la de servicios especiales.
b) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.
Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los participantes manifiesten expresamente en su solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo de solicitudes. Deberán ser acreditadas fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo al nombramiento como funcionario de carrera, siendo excluidos en caso contrario de la relación definitiva de aprobados.
2.1. Fecha de cumplimiento de los requisitos.
Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes.3.1. Modelo de solicitud.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia, cuyo modelo se reproduce en el Anexo II, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado siempre y cuando se presente por duplicado
(ejemplar para la Sección de Selección de P.A.S. y para el interesado).
Los aspirantes con discapacitación podrán indicar en la instancia, utilizando el recuadro correspondiente, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Asímismo deberán hacer constar en el Apartado 4B de la
instancia el idioma elegido a efecto de realización de la segunda parte del segundo ejercicio. De no hacer constar su preferencia se entenderá que opta por el idioma inglés.
3.2. Lugares y plazo de presentación de solicitudes.
La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La presentación de solicitudes se hará bien en el Registro General sito en la C/ San Fernando núm. 4, o en el Registro General Auxiliar del Pabellón de Brasil sito en el Paseo de las Delicias, s/n, de la Universidad de Sevilla o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día 1 de octubre de 2005, dada la proximidad del período vacacional anual, y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla.
3.3 Documentación a aportar junto con la solicitud.
En el plazo indicado se acompañará a la solicitud de
participación los siguientes documentos que se indican:
a) Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido para esta Escala, o al menos declaración de la titulación que se ostenta.
b) Documentación acreditativa de los méritos que se quieran hacer valer en la fase de concurso, de acuerdo a lo
establecido en el Anexo I.1.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Relación de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará resolución a publicar en el BOJA, en el plazo máximo de un mes, en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión.
En dichos listados deberán constar, en todo caso, los
apellidos, nombre y número del DNI.
4.2. Plazo de subsanación.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación,
para subsanar las causas que hayan podido dar lugar a la exclusión.
4.3 Relación definitiva de admitidos y excluidos.
Seguidamente procederá a publicarse la relación definitiva de admitidos y excluidos en el BOJA.
5. Tribunales.5.1. Composición.
El Tribunal calificador, presidido por el Rector, estará constituido por cinco miembros de la Universidad de Sevilla o de otras Universidades Andaluzas nombrados por aquel de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente. La composición de los miembros del Tribunal se hará pública mediante
Resolución del Rector junto con la lista de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.
Los componentes del Tribunal serán funcionarios de carrera y deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en esta Escala.
El Tribunal no podrá estar mayoritariamente integrado por funcionarios del mismo Cuerpo o Escala objeto de selección.
5.2. Abstención y recusación.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las
circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.
El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
participantes. En este sentido, se establecerán las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con minusvalía que lo soliciten.
5.3. Cambio en la composición.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base.2.
5.4. Constitución.
Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia obligada del Presidente y el Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de 30 días a partir de su designación, y mínimo de 10 días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que procedan, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. Sesiones.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6. Actuación del tribunal durante el proceso.
Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas
cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7. Asesores.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
5.8. Garantía de corrección de ejercicios.
El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.9. Información a los participantes.
A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, núm., teléfonos 954 551 070 ó 954 551 067.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.10. Categoría.
El tribunal tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).
5.11. Declaración de aprobados.
En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
5.12. Adaptaciones para minusvalidos.
El Tribunal de valoración adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de
participantes. En este sentido, se establecerán las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base.1.De considerarse necesario se solicitará el oportuno informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y cuales otros sean procedentes para adoptar la decisión que corresponda, teniendo en cuenta para ello que los aspirantes con discapacidad deberán indicar en la instancia el porcentaje de minusvalía que padecen, para lo cual se
utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. A ésta se acompañará certificación expedida por los órganos
competentes, en la que se acredite el grado de minusvalía.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. Llamamiento único.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
6.2. Acreditación de la identidad.
En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad. Si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7. Calendario del proceso selectivo.
Fase de concurso: Las listas que contemplan la valoración de méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
Fase de oposición: La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Sevilla en la que se aprueben las listas de admitidos y excluidos. Este, no obstante, no se realizará antes del 15 de enero de 2006.
Desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un mínimo de 5 días hábiles y máximo de 45 días hábiles. La fecha de celebración del segundo ejercicio se publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por cualesquiera otros medios si se juzga
conveniente para facilitar su máxima divulgación con
horas al menos de antelación a la señalada para el inicio del mismo.
8. Calificación final.
Las fases de oposición y concurso serán valoradas de acuerdo a lo que establece el Anexo I.1 y Anexo I.2. La calificación final de los aspirantes se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de
oposición, de forma tal que el Tribunal elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.i) del Decreto
2/2002, de 9 de enero (BOJA de 19 de enero).
En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, por la puntuación obtenida en el primer ejercicio; de persistir el empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo ejercicio y en último lugar se atenderá al
criterio de la antig?edad en la Universidad de Sevilla.
Como último criterio de desempate se atenderá al procedimiento siguiente: Ordenación de menor a mayor del número inverso de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el empate; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el determinante para el inicio de los desempates.
9. Acuerdo provisional de aprobados.
9.1. Junto con la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará con carácter provisional la relación de aprobados, que deberá estar ordenada por orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento Nacional de Identidad y habrá de constar la puntuación desglosada de cada uno de los ejercicios celebrados y la valoración de la fase de concurso, en su caso.
9.2. Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales para posibles impugnaciones.
9.3. Acuerdo definitivo de aprobados.
Finalizado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal elevará a definitiva la relación de aprobados la cual se remitirá al Rector, quien, previa declaración de conformidad, ordenará su publicación.
10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
10.1. Documentación a presentar.
En el plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados, los opositores que hubieran superado el proceso selectivo deberán presentar en el Registro General de la Universidad además de aquellos otros acreditativos de las circunstancias exigidas en la base 2 los siguientes
documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la convocatoria, o certificación que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo III de esta convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
10.2 Exención de justificación.
Estarán exentos de la entrega de dicha documentación quienes tengan suficientemente acreditada en su expediente la
documentación exigida en la base 10.1 para lo cual se
solicitará certificado a la Sección correspondiente a efectos de certificación de reunir todos los requisitos.
10.3. Anulación de las actuaciones.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
11. Oferta y petición de destinos.
La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla previa oferta de los mismos.
A estos efectos serán ofrecidos a los participantes aprobados en el proceso selectivo la relación de plazas a cubrir, siendo el orden de prioridad el de puntuación establecido en la relación de aprobados.
Tendrán, no obstante, preferencia para confirmar sus puestos, aquellos funcionarios que vinieran desempeñando alguno de doble adscripción que integrara la Oferta de Destinos. De corresponderle algún otro puesto, en función de la puntuación alcanzada, el que venía desempeñando pasará a integrar la mencionada Oferta de Destinos.
12. Nombramientos.
Por la autoridad convocante, a propuesta del Tribunal
Calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
13. Eliminación de archivos.
Se informa a los participantes en esta Convocatoria que la documentación presentada junto con su solicitud de
participación, en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Universidad de fecha 8 de febrero de
2002, permanecerán en los Archivos del Servicio de P.A.S. durante un año a partir de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo Universitario de esta Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados por lo que se
recomienda a los interesados, una vez finalizado el
procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.
14. Norma final.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, procediendo contra esta Resolución alternativamente:
1.º Recurso de reposición previo al contencioso-
administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde su publicación.
2.º Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses según dispone el artículo 58 de la Ley de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá interponerse por el interesado el recurso
contenciosoadministrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquel, al amparo de lo dispuesto en el artículo
116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sevilla, 30 de junio 2005.- El Rector, Miguel Florencio Lora.
ANEXO I
I.1. MERITOS A VALORAR EN LA FASE DE CONCURSO
El máximo de puntos a otorgar en la fase de concurso será de
40 puntos.
a) Antigüedad. Máximo 12 puntos. La antig?edad del funcionario teniendo en cuenta para ello los servicios prestados
reconocidos al amparo de la Ley 70/78 hasta la fecha de finalización del plazo de solicitudes de esta convocatoria, será valorado de acuerdo a la siguiente escala:
- Servicios reconocidos en cualquier Grupo o Escala, a razón de 0,5 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 6 puntos.
- Servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala C, a razón de
0,5 puntos por cada año completo de servicios, sin perjuicio de que dichos períodos puedan ser valorados en el párrafo anterior, hasta un máximo de 6 puntos.
Las fracciones de tiempo superior a 6 meses serán valoradas con 0,25 puntos.
b) Grado personal. Máximo 11 puntos. El grado personal
consolidado se valorará conforme a la siguiente escala:
Grado de Nivel 22 - 21: 11,0 puntos.
Grado de Nivel 20 - 19: 9,5 puntos.
Grado de Nivel 18: 8,0 puntos.
Grado de Nivel 17 ó inferior: 6,5 puntos.
c) Puesto de Trabajo. Máximo 11 puntos. Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe el aspirante como titular al final del plazo de solicitudes, de acuerdo a la siguiente escala:
Nivel 21 o superior: 11,0 puntos.
Nivel 20 - 19: 9,5 puntos.
Nivel 18: 8,0 puntos.
Nivel 17 ó inferior: 6,5 puntos.
d) Titulación. Máximo 2 puntos. Se valorará con 1 punto por cada titulación superior a la exigida (Licenciado, Doctorado).
e) Superación de ejercicios de procesos selectivos de
promoción interna del mismo nivel en la Universidad de
Sevilla. Máximo 2 puntos. Se valorará a razón de 1 punto por cada ejercicio superado.
f) Formación. Máximo 2 puntos. Se valorarán los Cursos de Formación impartidos por el Centro de Formación de la
Universidad de Sevilla u homologados por éste y siempre que estén relacionados con las plazas objeto de esta convocatoria, a razón de 0,01 por hora.
I. 2. EJERCICIOS DE QUE CONSTA EL PROCESO SELECTIVO Y
CALIFICACION DE LOS MISMOS
La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio:
a) El primer ejercicio consistirá en la exposición por escrito de dos temas entre cuatro propuestos por el Tribunal de entre todo el programa de materias.
El candidato dispondrá de tres horas para la realización de este ejercicio.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal que valorará la formación general y actualización de conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
Dicho ejercicio será valorado de 0 a 20 puntos siendo
necesario obtener como mínimo 10 puntos para superarlo.
b) El segundo ejercicio consistirá de dos partes, siendo cada una de ellas eliminatorias.
Parte primera: Redacción de los asientos bibliográficos de tres impresos modernos, que versarán sobre monografías y publicaciones periódicas impresas, pudiendo estar alguno de ellos en inglés o francés. El asiento bibliográfico constará de:
a) Descripción bibliográfica en formato USMARC.
b) Encabezamientos de materia que se redactarán libremente o ajustándose a algunas de las listas de encabezamientos
vigentes.
c) Clasificación Decimal Universal.
Se facilitará una plantilla base del formato. Los aspirantes podrán utilizar las vigentes Reglas de Catalogación, Las ISBD, las tablas de la C.D.U., Listas de encabezamientos de materia y el Formato MARC así como diccionarios de francés e inglés.
El candidato dispondrá de tres horas para la realización de este ejercicio.
Parte segunda: Consistirá en realizar una traducción directa con ayuda de diccionario de un texto de carácter profesional no inferior a 300 palabras en inglés, francés o alemán.
El candidato dispondrá de tres horas para la realización de este ejercicio.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el Apartado 4B de la instancia. De no hacer constar su
preferencia se entenderá que opta por el idioma inglés.
Cada una de las partes de que consta este ejercicio serán valoradas de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener como mínimo 10 puntos para superarlas.
I.3. PROGRAMA DE MATERIA
Apartado 1. Biblioteconomía.
1. Nuevo Modelo de Biblioteca Universitaria: La Biblioteca como Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior.
2. La Biblioteca Universitaria de Sevilla. Marco normativo. Modelo de Biblioteca. Planificación y Organización.
3. Modelos de calidad. El modelo europeo de calidad: Su aplicación en bibliotecas universitarias.
4. Calidad en la gestión y administración de las bibliotecas universitarias. La gestión por procesos y el cuadro de mando integral. La evaluación de los servicios bibliotecarios.
5. La dirección participativa. Planificación estratégica y dirección por objetivos. Los grupos de mejora.
6. Gestión de la colección: Selección y adquisición de libros y otros materiales documentales en las bibliotecas
universitarias.
7. Proceso técnico de fondos documentales. Normalización. Formato MARC.
8. Los catálogos: Concepto, evolución y nuevas tendencias. El catálogo de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla y el Catálogo Colectivo de las Bibliotecas Universitarias de Andalucía.
9. Las publicaciones periódicas en las bibliotecas
universitarias.
10. Lenguajes documentales. Principales tipos de
clasificación. Encabezamientos de materia, descriptores y tesaurus.
11. Los servicios a los usuarios en las bibliotecas
universitarias. La prestación de servicios a los usuarios en la Biblioteca de la Universidad de Sevilla.
12. Los sistemas de automatización para bibliotecas
universitarias: Tendencias actuales.
13. La cooperación interbibliotecaria. La cooperación en la Biblioteca de la Universidad de Sevilla.
Apartado 2. Recursos de Información y Nuevas Tecnologías.
1. De la Biblioteca en papel a la Biblioteca híbrida. Panorama de la evolución de la Biblioteca.
2. Recurso de información: Tipología, soportes y cobertura temática.
3. Internet y su impacto en la organización de los servicios bibliotecarios y en el acceso a la información.
4. Portales web en el ámbito de las bibliotecas
universitarias. El web de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla.
5. La información electrónica. Impacto en el mundo de las bibliotecas universitarias.
6. La gestión de los recursos electrónicos en la Biblioteca de la Universidad de Sevilla. Recursos propios y recursos
cooperativos.
7. La figura del bibliotecario en la biblioteca universitaria. Nuevas competencias y habilidades. La gestión del conocimiento en las bibliotecas universitarias: Las Intranets.
Apartado 3. Historia del libro y de las bibliotecas.
1. Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
2. El libro en los siglos XVI, XVII y XVIII.
3. El libro en los siglos XIX y XX.
4. La encuadernación e ilustración del libro.
5. La biblioteca digital.
6. Legislación española sobre el patrimonio artístico,
bibliográfico y documental. La Ley de propiedad intelectual.
7. Organizaciones nacionales e internacionales en el campo de las bibliotecas.
Ver Anexos en páginas 40 a 42 del BOJA núm. 137, de 15.7.2005
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