Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 27/07/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 12 de julio de 2005, por la que se acuerda la formulación del Plan Especial para la delimitación de la reserva de terrenos en la Zona de Soliva Norte de Málaga para su incorporación al Patrimonio Autonómico del Suelo.

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Los patrimonios públicos de suelo son uno de los instrumentos previstos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, para la intervención pública en el mercado del suelo, con las finalidades, entre otras, de incidir eficazmente en la formación de los precios del mismo y de garantizar una oferta suficiente para la ejecución de Viviendas de Protección Oficial u otros regímenes de protección pública.

La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, señala en su artículo 73, apartado 1, que la Consejería competente en materia de urbanismo podrá proceder, sobre suelo no urbanizable, a la delimitación de reservas de terrenos para su incorporación al Patrimonio Autonómico de Suelo, mediante la aprobación al efecto de un Plan Especial.

Con la adquisición e incorporación de terrenos para el Patrimonio Autonómico de Suelo, la Comunidad Autónoma de Andalucía pretende, entre otras actuaciones públicas, utilizar uno de los instrumentos legalmente previstos para corregir los desequilibrios que producen el funcionamiento del mercado inmobiliario. El continuo incremento del precio de la vivienda derivado del fuerte auge inmobiliario en determinados momentos y ciudades impide el acceso de la vivienda de amplios sectores de la población, sobre todo de aquéllos con mayores dificultades económicas, de ahí la necesidad de la intervención de los poderes públicos en el mercado del suelo a fin de cumplir el mandato del artículo 47 de la Constitución española.

Para hacer frente a la demanda existente de vivienda por una gran parte de la población de Málaga, la Consejería de Obras Públicas y Transportes pretende redactar, tramitar y aprobar el Plan Especial para la delimitación de una reserva de terrenos en el ámbito geográfico de la zona denominada de Soliva Norte, clasificado como suelo no urbanizable en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Málaga, con la finalidad de garantizar el acceso a una vivienda digna y adecuada mediante la construcción de viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública.

Una vez adquiridos los terrenos objeto de la reserva al Patrimonio Autonómico de Suelo, se procederá a su incorporación al proceso urbanizador de conformidad con el artículo 74 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

La idoneidad del ámbito elegido para llevar a cabo esta delimitación y proceder a su incorporación al patrimonio autonómico de suelo, viene condicionada por la concurrencia de una serie de requisitos, tales como las buenas condiciones orográficas y de permeabilidad del suelo, su cercanía a los sectores residenciales que se están llevando a cabo en el Norte del municipio de Málaga en el marco de su Plan General de Ordenación Urbanística, su proximidad al trazado de la nueva autopista de la Costa del Sol y su excelente comunicación con los suelos colindantes.

A la vista de estos antecedentes, de acuerdo con el artículo

26 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y de conformidad con las competencias atribuidas a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el apartado 1 del artículo 73 de la citada Ley y al titular de esa Consejería en el artículo 5.3.b).4.º del Decreto 193/2003, de 1 de julio, que regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo

R E S U E L V O

Primero. Acordar la formulación del Plan Especial para la delimitación de la reserva de terrenos en la zona de Soliva Norte de Málaga para su posterior incorporación al Patrimonio Autonómico de Suelo.

La reserva de terrenos, cuyos suelos están clasificados como no urbanizable, comprenderá el espacio entre los sectores SUP- T-11 Soliva Oeste y SUP-T-12 Soliva Este, la nueva Avenida Navarro Ledesma, la barrida Los Asperones, la zona conocida por El Cañaveral y el núcleo urbano Puerto de la Torre, de aproximadamente 101 ha.

Segundo. La tramitación, de conformidad con la Ley 7/2002, de

17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se ajustará al siguiente

procedimiento:

- Corresponderá al titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Málaga, mediante Resolución, la Aprobación Inicial regulada en el artículo 32.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

- Tras la aprobación inicial, el expediente deberá notificarse a los titulares de los bienes y derechos afectados por la delimitación del área de reserva, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

- Igualmente, el expediente será sometido a información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en un diario de la

provincia de Málaga, con audiencia al Excmo. Ayuntamiento de Málaga. Asimismo, se dará traslado de la aprobación inicial a las Administraciones y Entidades públicas o privadas que por sus competencias u objeto resulten afectadas por la

delimitación del área de reserva.

- En el caso de producirse modificaciones respecto al

documento aprobado inicialmente, aprobación provisional por el titular de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de Málaga.

- Tras la información pública, la audiencia a las

Administraciones y Entidades que proceda y la aprobación provisional, en su caso, el expediente, incluidas las

alegaciones presentadas, será sometido a informe de la

Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga.

- La aprobación definitiva corresponde, mediante Orden, a la titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

- Tras la aprobación definitiva, se inscribirá en el Registro Autonómico de instrumentos de planeamiento, convenios

urbanísticos y bienes y espacios catalogados y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

- La instrucción e impulso del expediente corresponde al titular de la Dirección General de Urbanismo.

Disposición Adicional Unica. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de julio de 2005

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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