Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 05/08/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 8 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 651/2004. (PD. 2985/2005).

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NIG: 2906742C20040013620.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario (N) 651/2004. Negociado: E.

De: Misel, S.L.

Procurador: Sr. Fernando García Bejarano.

Letrada: Sra. Tamara Zafra Rando.

Contra: Don Juan Pedro Pérez Kallaskari.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento procedimiento ordinario (N) 651/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga a instancia de Misel, S.L., contra Juan Pedro Pérez Kallaskari, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

JUZGADO DE 1. INSTANCIA NUM. OCHO DE MALAGA

Tomás Heredia, 26.

Tlfs. 951 045 387 - 88, Fax: 951 045 527.

Número de Identificación General: 2906742C20040013620.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario (N) 651/2004. Negociado: E.

SENTENCIA NUM. 141

Juez que la dicta: Don Alejandro Martín Delgado.

Lugar: Málaga.

Fecha: Veinticuatro de junio de dos mil cinco.

Parte demandante: MISEL, S.L.

Abogado: Tamara Zafra Rando.

Procurador: Fernando García Bejarano.

Parte demandada: Juan Pedro Pérez Kallaskari.

Objeto del Juicio: Resolución de contrato de arrendamiento de vivienda.

F A L L 0

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. García Bejarano, en nombre y representación de la entidad mercantil Misel, S.L., contra don Pedro Pérez Kallaskari, en rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a ambas partes litigantes con relación a la vivienda sita en calle Pintor J. Ponce, núm. 19, Villa Miami, de Málaga, y, en su consecuencia, debo condenar y condeno a la expresada demandada a que en el término legal desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora el mencionado inmueble, con apercibimiento de lanzamiento en otro caso. Todo ello con expresa condena del demandado al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo.2 LEC).

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al

demandado Juan Pedro Pérez Kallaskari, extiendo y firmo la presente en Málaga a veinticuatro de junio de dos mil cinco-. El/la Secretario.

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