Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 05/08/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 12 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1155/2004. (PD. 2996/2005).

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NIG: 2906742C20040024474.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1155/2004. Negociado: MH.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: Doña Cristina Molina Benítez y don José Manuel Rodríguez Corpas.

Procuradora: Sra. María Isabel Martín Aranda.

Contra: Gesprolar, S.A.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Ordinario (N) 1155/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Cristina Molina Benítez y José Manuel Rodríguez Corpas contra Gesprolar, S.A., sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Málaga, a veinticinco de mayo de dos mil cinco.

El Sr. don José Aurelio Pares Madroñal, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Proced. Ordinario (N)

1155/2004 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña Cristina Molina Benítez y José Manuel Rodríguez Corpas con Procuradora doña María Isabel Martín Aranda y Letrado don José Miguel Méndez Padilla; y de otra como demandado Gesprolar, S.A., declarado en rebeldía, sobre reclamación cantidad, y,

F A L L O

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra. Martín Aranda, en nombre y representación de doña Cristina Molina Benítez y don José Manuel Rodríguez Corpas, contra Gesprolar, S.A., se acuerda:

1.? Declarar la existencia de responsabilidad contractual por parte de la demandada.

2.? Condenar a la demandada al pago a los demandantes de la cantidad de 13.294,34 euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda, incrementados en dos puntos desde el dictado de la presente resolución.

3.? Imponer a la demandada la obligación de abonar las costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de cinco días hábiles.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Gesprolar, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga a veintidós de julio de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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