Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 167 de 26/08/2005

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ACUERDO de 27 de julio de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto de la Resolución que se cita.

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Acuerdo de fecha 27 de julio de 2005 de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a doña Fátima Lamei, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no poderse practicar notificación, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, 6, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha 27 de julio de 2005 acordando iniciar el procedimiento de desamparo con respecto a Z.E.G., declarar la situación provisional de desamparo sobre el menor Z.E.G. y en base a tal declaración ejercer la tutela de dicho menor de conformidad con lo dispuesto en el art. del Código Civil. Constituir el acogimiento residencial del menor en el Centro de Primera Acogida "Hogar Tolosa Latou" de Chipiona (Cádiz) y, respecto al régimen de relaciones personales de los familiares del menor se estará al convenio regulador que a tal efecto se suscriba. Designar como instructor/a del procedimiento que se inicia a Unidad Tutelar

7 del Servicio de Protección de Menores y, continuar la instrucción del procedimiento hasta que se dicte Resolución que dispondrá la ratificación, modificación o revocación de lo acordado por ésta. Comunicar el presente acuerdo a las partes interesadas y a los órganos administrativos, de acuerdo con el art. 22.2 y el 29.1 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero.

Se le significa que contra la misma podrá interponerse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital, por los trámites prevenidos en los artículos 779 y

780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de reclamación previa ante el Consejero para la Igualdad y Bienestar Social, de conformidad con lo que establece el art.

120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, en relación con el art..4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 30 del Decreto

42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa.

Cádiz, 27 de julio de 2005.- La Delegada, Por Decreto 21/1985, El Secretario General, José R. Galván de la Torre.

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