Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 16/09/2005

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 6 septiembre de 2005, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se modifica la de fecha 5 de julio de 2005, por la que se convocaba a concurso una Beca de Formación de Personal Investigador (Ref.: PNI0505).

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Por Resolución Rectoral de 5 de julio de 2005 de la Universidad Pablo de Olavide, publicada en el BOJA núm., de 20 de julio de 2005, se convocó a concurso público una Beca de Formación de Personal Investigador adscrita al proyecto de Investigación "SEJ2004-06161/SOCI" denominado "Recreación Medioambiental en relación al turismo cultural y de naturaleza en Andalucía" (Ref.: PNI0505). Dicha Resolución establecía en su Anexo II: Condiciones particulares de la convocatoria, como una de las condiciones de la Beca "Seguro de Asistencia y Accidentes Individual".

Vista la propuesta de convocatoria del Investigador Principal del Proyecto de Investigación al que se adscribe la Beca, en la que propone como una de las condiciones de la Beca en cuanto al tipo de seguro a contratar, el Seguro de Accidentes Individuales y, en aplicación del artículo 105.2 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de

14.1.2000), este Rectorado ha resuelto modificar en el Anexo II de la Resolución Rectoral de 5 de julio de 2005, citada en el encabezamiento, el apartado referente a "Condiciones de la Beca", que quedará redactado de la forma siguiente:

- Retribución mensual íntegra: 800 euros.

- Horas semanales: Tiempo completo.

- Duración: Hasta el 30 de noviembre de 2005.

- Seguro de Accidentes Individual.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).

Sevilla, 6 de septiembre de 2005.- El Rector, Agustín Madrid Parra.

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