Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 21/09/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº1 SANLUCAR LA MAYOR

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 357/2002. (PD. 3430/2005).

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NIG: 4108741C20021000389.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 357/2002. Negociado: LU.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Finanmadrid Establecimiento Financiero de Crédito.

Procurador: Sr. Barrios Sánchez, Juan José.

Contra: Bureau Legal, S.L.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 357/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Uno de Sanlúcar La Mayor, a instancia de Finanmadrid Establecimiento Financiero de Crédito, contra Bureau Legal, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En Sanlúcar la Mayor, a 16 mayo de 2005.

Vistos por mí, doña M.ª Elena Pérez Caro, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. 1 de los de Sanlúcar la Mayor, los autos de juicio declarativo registrado con el número 357/2002 del Libro de asuntos civiles referentes a reclamación de cantidad seguidos a instancia de la entidad Finanmadrid Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por el Procurador Sr. Barrios Sánchez y asistida por el Letrado Sr. Jiménez Portero, frente a la entidad Bureau Legal, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal, se dicta la presente resolución

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Barrios Sáncrez, en nombre y representación de la entidad Finanmadrid Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., frente a la entidad Bureau Legal, S.L., debo

Primero. Condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la actora el importe de diez mil ciento treinta y siete euros con ochenta y un céntimos (10.137,81 euros), así como los intereses moratorios pactados desde fecha 13 junio de 2001.

Segundo. Las costas ocasionadas se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, a partir de su notificación, para su resolución por la AP de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo, doña M.ª Elena Pérez Caro, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. 1 de Sanlúcar La Mayor.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Bureau Legal, S.L., extiendo y firmo la presente en Sanlúcar la Mayor, a cinco de septiembre de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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