Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 04/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ACUERDO de 20 de abril de 2005, de la Delegación Provincial de Málaga, Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre Modificación de Elementos de las Normas Subsidiarias de Algarrobo, relativa al cambio de clasificación de suelo para crear un nuevo sector de Suelo Urbanizable Sectorizado denominado AUL-9 "Casa Balate", promovida por el Ayuntamiento.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga, en su sesión 2/05, de 20.4.05, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

EM-AL-12: EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE ELEMENTOS DE LAS NNSS DE ALGARROBO, RELATIVO AL CAMBIO DE CLASIFICACION DE SUELO PARA CREAR UN NUEVO SECTOR DE SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO DENOMINADO AUL-9 "CASA BALATE" PROMOVIDO POR EL AYUNTAMIENTO

Vistas la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Texto Refundido de la Ley del Suelo, la Ley 1/1997, de la Comunidad Autónoma de Andalucía y los Reglamentos de desarrollo, se acuerda:

1.º Aprobar definitivamente la Modificación de Elementos de las NNSS de Algarrobo, relativa al cambio de clasificación de suelo para crear un nuevo sector de suelo urbanizable sectorizado denominado AUL-9 "Casa Balate", promovido por el Ayuntamiento, con la advertencia de que con carácter previo a la inscripción en el RIU deberá redactar y presentar un Texto Refundido que incorpore las modificaciones y ajustes derivados de los informes sectoriales.

2.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento, que deberá proceder a su depósito en el Registro municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios urbanísticos y de Bienes y Espacios Catalogados en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2/2004, de 7 de enero.

3.º Proceder a su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos y su posterior publicación en el BOJA.

4.º Indicar que contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses computados a partir del día siguiente a su notificación o publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en Málaga.

Los parámetros urbanísticos del Sector creado mediante esta modificación (AUL-9 "Casa Balate") se resumen en la siguiente tabla:

height="15">.

Se hace constar que, una vez aportado con fecha 2.6.05 del Texto Refundido de la Modificación, de acuerdo con lo señalado en el punto 1.º del presente acuerdo, dicho instrumento de planeamiento ha sido inscrito y depositado en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el núm. de Registro 588 mediante Resolución de 16.6.05.

Málaga, 20 de abril de 2005.- El Vicepresidente 2.º de la Comisión, José María Ruiz Povedano.

Descargar PDF