Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 04/10/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 21 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, por la que se amplía el plazo de resolución y notificación de la convocatoria efectuada por la Orden que se cita, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales en materia de infraestructura turística y se efectúa su convocatoria para el año 2005.

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La Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales en materia de infraestructura turística y se efectúa su convocatoria para el año 2005, habilita en su disposición final primera a la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución y aplicación de dicha Orden.

El Decreto 240/2004, de 18 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, atribuye a la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, las competencias en materia de fomento de la actividad económica turística, potenciando su diversificación y el diseño de nuevos productos turísticos en un contexto de colaboración público-privada.

La citada Orden de 10 de marzo de 2005 (BOJA de 28 de marzo), establece en su artículo 12.3 un plazo de resolución y notificación de seis meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la misma.

En virtud de lo anterior y, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción, dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

R E S U E L V O

Ampliar en tres meses el plazo fijado para resolver y notificar las ayudas derivadas de la convocatoria efectuada por la de la Orden de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales en materia de infraestructura turística y se efectúa su convocatoria para el año 2005.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, la presente Resolución no será susceptible de recurso.

Sevilla, 21 de septiembre de 2005.- La Directora General, Ana Gómez Gómez.

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