Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 31/01/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE LA VICTORIA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE ADMINISTRACION GENERAL, PERTENECIENTE A LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DE ESTE AYUNTAMIENTO

NORMAS GENERALES

Primera. Esta convocatoria tiene por objeto la provisión en propiedad de una plaza de administrativo, vacante en la plantilla de esta Corporación, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo C, pagas extraordinarias, trienios y retribuciones complementarias de conformidad con la legislación vigente, mediante el sistema de Oposición libre. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, RD Legislativo 781/1986, de 17 de abril, RD

896/1991, de 7 de junio, las bases de la presente convocatoria y el RD 364/1995, de 10 de marzo.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Segunda. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplido 18 años de edad y no exceder de aquélla que falten al menos 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad e incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.

f.) Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2 grado o equivalente.

Tercera. Los requisitos exigidos en las bases anteriores deberán de cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

S O L I C I T U D E S

Cuarta. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Victoria en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de la convocatoria en el BOE. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por medio de las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los interesados deberán unir a su solicitud, fotocopia del DNI y justificante de haber ingresado los derechos de examen.

Quinta. Los derechos de examen se establecen en la cantidad de

12 euros, que deberán de ser ingresados en la Caja de la Corporación o cualquier Entidad Bancaria donde la Corporación tenga abierta cuenta.

LISTA DE ASPIRANTES: COMIENZO DE EJERCICIOS Y ORDEN DE ACTUACION

Sexta. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente, en el plazo máximo de un mes, dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de

aspirantes admitidos y excluidos que se hará público en el tablón de anuncios de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia, concediéndose un plazo de 10 días para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión.

Subsanados en su caso, los defectos que hubiesen sido

apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial.

Séptima. En la Resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos se determinará asimismo el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal Calificador. Se publicará la misma en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia.

El orden de actuación de los aspirantes, para aquel o aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, de

conformidad con el resultado del sorteo efectuado por

Resolución de 29 de enero de 2004 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, publicado en el BOB núm. 32 de fecha 6 de febrero de 2004, se iniciará por aquél cuyo

apellido comience con la letra "S", siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.

TRIBUNAL CALIFICADOR

Octava. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal de la misma en quién delegue.

Secretario. El del Ayuntamiento o funcionario del mismo en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma designado por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía y su

suplente.

Un funcionario designado por el Presidente y su suplente. Dos Concejales de este Ayuntamiento y sus suplentes.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Los Vocales del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a las plazas convocadas.

Novena. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios que sean

escritos, y deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

Décima. Cuando lo considere conveniente el Tribunal, se podrá recabar la colaboración de asesores técnicos en la materia de que se trate.

PROCEDIMIENTO DE SELECCION

Undécima. El procedimiento de selección constará de dos ejercicios:

Primer ejercicio. Teórico.

Consistirá en el desarrollo de dos temas, uno de parte general y otro especial de entre los que forman el contenido del programa anexo a esta convocatoria, elegidos por sorteo entre los miembros del Tribunal, durante tres horas como máximo. Cada uno de los opositores leerá su ejercicio ante el

Tribunal.

Segundo ejercicio. Practico.

Consistirá en la realización durante un tiempo máximo de tres horas, de un supuesto práctico relativo a tareas

administrativas cuya realización corresponda a los

funcionarios de su grupo y basado en el contenido del

programa, parte especifica, anexo a esta convocatoria, podrán hacer uso en todo momento de los textos legales que estimen oportunos.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planeamiento y formulación de conclusiones, el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

Una vez iniciada la oposición, el Tribunal determinará la fecha para la práctica del segundo ejercicio de la oposición, sin que entre la terminación del primer ejercicio y el

comienzo del segundo puedan mediar menos de setenta y dos horas, ni más de cuarenta y cinco días naturales.

Duodécima. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo causas justificadas de fuerza mayor, apreciadas por el Tribunal, mediante los

correspondientes anuncios que se publicarán en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y en el lugar de celebración de las pruebas, excepto el primer ejercicio de la oposición que será publicado en el BOP.

Décimotercera. Los ejercicio tendrán carácter eliminatorio y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Finalizado cada ejercicio y calificado éste, será hecho público el resultado mediante anuncio suscrito por el Secretario con el visto bueno del Sr. Presidente, en el tablón de anuncios de la

Corporación.

Décimocuarta. Una vez efectuada la calificación de los

aspirantes, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de esta Corporación, la relación de aprobados por orden de puntuación. Asimismo, elevará a la Presidencia la propuesta de nombramiento y relación de aprobados, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Si el Tribunal apreciara que los aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la plaza objeto de la

convocatoria.

Los interesados podrán reclamar las calificaciones del

Tribunal en el plazo de 3 días, debiéndose resolver por aquél la reclamación en el mismo plazo.

PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Décimoquinta. El aspirante propuesto, habrá de presentar en la Secretaría del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación de las personas

seleccionadas, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentara los mismos, no será nombrado y quedarán nulas todas las actuaciones.

Décimosexta. Transcurrido el plazo de presentación de

documentos, el Alcalde-Presidente nombrará al aspirante propuesto, quién deberá tomar posesión, en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al que le sea notificado el nombramiento.

El nombramiento se publicará en el BOJA.

Décimoséptima. Estas Bases podrán ser impugnadas, a partir de la última publicación en el BOP o en el BOJA, mediante la interposición de recurso de reposición ante la Alcaldia- Presidencia en el plazo de un mes, o mediante la interposición de recurso-contencioso administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 116 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo- Común, y artículo 46 de la Ley 29/98 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIONES FINALES

Décimoctava. El Tribunal, durante el proceso selectivo, resolverá las cuestiones que surjan, en cuanto a la aplicación de las presentes Bases.

TEMARIO DE ADMINISTRATIVO

BLOQUE I

Parte general

1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes.

Características y estructura. Principios generales.

2. Los Derechos Fundamentales. Evolución histórica y

conceptual. Los Derechos fundamentales en la Constitución Española.

3. Nociones generales sobre la Corona y los poderes del Estado.

4. La Administración Pública Española. Tipología de los Entes Públicos Territoriales: las Administraciones del Estado, Autonómica y Local.

5. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: estructura y

disposiciones generales. Idea general sobre las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

6. Régimen Local Español. Principios Constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

7. La Provincia en el Régimen Local. Organización y

competencias.

9. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad.

10. Formas de acción administrativa en la esfera local.

12. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios. Ordenación. Fases.

13. El Procedimiento Administrativo Común. Principios.

Ordenación. Fases.

14. El acto administrativo: Concepto y clases de actos

administrativos. Eficacia y validez de los actos

administrativos. Motivación y notificación. Causas de nulidad y anulabilidad. El silencio administrativo.

15. Los recursos administrativos en el ámbito de las Entidades Locales. Concepto y clases. La revisión de oficio de los actos administrativos.

16. La Ley de las Haciendas Locales: principios inspiradores. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

17. La expropiación forzosa. Conceptos y elementos.

Procedimiento general de expropiación: fases.

18. El servicio público local. Formas de gestión directa e indirecta.

19. Los contratos administrativos I: Concepto y clases. Estudio de sus elementos Procedimientos y formas de

adjudicación.

20. Los contratos administrativos II: Contenido y efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la

Administración y equilibrio financiero. Revisión de precios. Cumplimiento de los contratos administrativos.

21. Los distintos tipos de contratos administrativos I: Contrato de obra, y de gestión de servicios públicos.

22. Los distintos tipos de contratos administrativos II: Los contratos de suministro, de consultoría, asistencia y de servicios. El contrato de concesión de obra pública.

23. La responsabilidad de la Administración. Régimen actual.

24. La potestad sancionadora: principios de la potestad y del procedimiento sancionador.

BLOQUE II

Parte especial

25. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificaciones.

26. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales.

27. El término municipal. La población municipal.

Consideración especial del vecino. El empadronamiento

municipal.

28. El personal al servicio de la Entidad Local. Régimen Jurídico. Los funcionarios públicos: Clases, selección.

29. Derechos de los funcionarios.

30. Deberes de los funcionarios: Régimen disciplinario: faltas, sanciones y procedimiento. Incompatibilidades del personal al servicio de la Entidad Local.

31. El contrato laboral: contenido, duración, suspensión y extinción. La negociación laboral y los convenios colectivos. La reclamación previa.

32. Los bienes de las Entidades Locales. Tipología. Régimen jurídico. Potestades administrativas respecto de sus bienes. Uso y utilización. El Inventario.

33. El presupuesto de las Entidades Locales: concepto y estructura. Los créditos presupuestarios: características. Las modificaciones presupuestarias: créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Generaciones de crédito. Transferencias de crédito.

34. El procedimiento administrativo de ejecución del

presupuesto de gasto. Organos competentes. Fases del

procedimiento y sus documentos contables. Compromisos de gasto para ejercicios posteriores. La ordenación del pago: concepto y competencia. Realización del pago: modo y perceptores.

35. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

36. Los impuestos Locales.

37. La Legislación Urbanística Española. La Legislación Estatal sobre Régimen del Suelo y su desarrollo reglamentario vigente. Marco Normativo Andaluz. Legislación sectorial de especial incidencia en el urbanismo.

38. La Organización Administrativa del Urbanismo. Competencias estatales y de las Comunidades Autónomas. Competencias

Locales.

39. El planeamiento municipal. Los planes generales. Planes parciales. Proyectos de Urbanización. Programas de actuación urbanística. Normas complementarias y subsidiarias del

planeamiento. Planes especiales.

40. Clases de Suelo. Régimen de derechos y deberes de los propietarios de suelo. El patrimonio municipal del suelo: concepto, naturaleza jurídica y régimen aplicable. Derechos de tanteo y retracto.

41. Intervención administrativa en la edificación y uso del suelo. Licencias urbanísticas: concepto, naturaleza jurídica, competencias. Actos sujetos, extinción y concurrencia con otros actos administrativos (autorizaciones o concesiones).

La Victoria, 13 de enero de 2005.- El Alcalde, José Abad Pino.

Descargar PDF