Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 18/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 19 de septiembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Vereda de la Gañana", en el término municipal de Cabra, provincia de Córdoba (VP @ 077/04).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de la Gañana", desde el límite del suelo urbano hasta completar la longitud de 1.000 metros, incluyendo el descansadero-abrevadero de la Fuente de las Piedras, en el término municipal de Cabra (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Cabra, provincia de Córdoba, fueron clasificadas por Orden Ministerial de fecha 27 de noviembre de 1941.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 18 de marzo de 2004, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria "Vereda de la Gañana", en el término municipal de Cabra, provincia de Córdoba.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 18 de junio de 2004, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm., de fecha 13 de mayo de 2004, no habiéndose recogido en el acta de deslinde ninguna manifestación.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 164, de fecha 3 de noviembre de 2004.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo informe con fecha 28 de julio de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Vereda de la Gañana", en el término municipal de Cabra, en la provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 27 de noviembre de

1941, debiendo, por tanto, el deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en dicho acto de clasificación.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la clasificación aprobada, que se ha seguido el

procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con

sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, con fecha 31 de enero de 2005, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de julio de 2005.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Vereda de la Gañana", desde el límite del suelo urbano hasta completar la longitud de 1.000 metros, incluyendo el descansadero- abrevadero de la Fuente de las Piedras, en el término

municipal de Cabra (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, a tenor de los datos y la descripción que siguen, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

- Longitud deslindada: 1.213,96 metros.

- Anchura: 20,89 metros,

Descripción: Finca rústica, en el término municipal de Cabra, provincia de Córdoba, de forma alargada con una anchura de

20,89 metros, la longitud deslindada es de 1.213,96 metros, la superficie deslindada es de 25.359,75 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Vereda de la Gañana", en el tramo que va desde el límite de suelo

urbano hasta completar la longitud de 1.000 metros, incluyendo el descansadero-abrevadero de la Fuente de Las Piedras, que linda al Norte con el tramo anterior de la vía pecuaria; al Sur con el descansadero-abrevadero de la Fuente de Las

Piedras; al Este con fincas de Cobos Puerto, Dulcenombre; Cordón Zamorano, José; González Serrano, María; Caballero Arenas, Vicente; Roldán Montes, María Carmen; Campaña Puerto, Victoria; Berraquero Córdoba, Francisca; Roldán Ruiz, Julio; González Lobato, Manuel; Ropero Serrano, Juan José; Industrias Aceiteras Fuente de Las Piedras; Ropero Serrano, Juan José; García Espejo, Joaquín; García Espejo, Rafael; Guardeño Peña, José; Ballesteros Pérez, Juana; López Valle, Rafael CB3; González Meneses Rodríguez, María; Muñiz Gil, José María; Caballero Navas, Elena y Cobo Puerto, Pedro; y al Oeste con fincas de Hermanos Rueda Ríos; Marín Montes, Antonio; Lamas Pérez, Mercedes; Repullo Espejo, José; Molina Jiménez,

Domingo; Aguilera Luque, Pablo; Asoc. Promoción del

Minusválido; Asoc. Promoción del Minusválido; Ayuntamiento Cabra; Asoc. Promoción del Minusválido y Cobo Puerto, José.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como

cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 19 de septiembre de

2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "VEREDA DE LA GAÑANA", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE CABRA, PROVINCIA DE CORDOBA

RELACION DE COORDENADAS UTM DE LA VIA PECUARIA

"VEREDA DE LA GAÑANA"

DESCANSADERO-ABREVADERO DE LA FUENTE

DE LAS PIEDRAS

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