Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 28/10/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 13 de septiembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Sevilla¯, en el tramo correspondiente a aquel en el que la vía pecuaria comparte su anchura por la línea de los términos de ambas poblaciones, en los términos municipales de Los Marines y Valdelarco, en la provincia de Huelva (VP 654/02).

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Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Vereda de Sevilla¯, en los términos municipales de Los Marines y Valdelarco (Huelva), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La clasificación de las vías pecuarias de los términos municipales de Los Marines y Valdelarco fue aprobada por Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 24 de julio de 2001, publicada en el BOJA núm. 97, de fecha 23 de agosto de 2001.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 20 de diciembre de 2002, se acordó el inicio del Deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de Sevilla¯, en el tramo correspondiente a aquel en el que la vía pecuaria comparte su anchura por la línea de los términos de ambas poblaciones, en los términos municipales de Los Marines y Valdelarco, en la provincia de Huelva.

Tercero. Los trabajos materiales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 27 de marzo de 2003, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en los Boletines Oficiales de la Provincia de Huelva números 34 y 38, de fechas 11 y 15 de febrero de 2003.

Cuarto. En el acto de apeo no se formularon alegaciones.

Quinto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm.

207, de fecha 9 de septiembre de 2003.

Sexto. A la proposición de deslinde no se han formulado alegaciones.

Séptimo. Mediante Resolución de fecha 9 de marzo de 2004, de la Secretaría General Técnica, se acuerda la ampliación de plazo para dictar resolución en el presente expediente de deslinde durante nueve meses más.

Octavo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 15 de junio de 2005.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable.

Tercero. La clasificación de las vías pecuarias de los

términos municipales de Los Marines y Valdelarco fue aprobada por Resolución de la Secretaría General Técnica de fecha 24 de julio de 2001, publicada en el BOJA núm. 97, de fecha 23 de agosto de 2001.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el

procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Huelva, con fecha 9 de noviembre de 2004, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V O

Aprobar el Deslinde Parcial de la vía pecuaria denominada «Vereda de Sevilla¯, en el tramo correspondiente a aquel en el que la vía pecuaria comparte su anchura por la línea de los términos de ambas poblaciones, en los términos municipales de Los Marines y Valdelarco, provincia de Huelva, a tenor de la descripción que sigue, y en función de las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Vía pecuaria:

- Longitud deslindada: 134,93 metros.

- Anchura legal: 20 metros.

Descripción: La vía pecuaria denominada «Vereda de Sevilla¯, constituye una parcela rústica en los términos municipales de Valdelarco y Los Marines (Huelva), de forma rectangular, con una superficie total de 2.697,11 metros cuadrados, con una orientación Este-Oeste y tiene los siguientes linderos:

- Al Norte: María del Carmen Gómez Vázquez, Julio Gómez González.

- Al Sur: José Antonio Cubero Navarro, José Antonio Gálvez Prieto, José Antonio Gálvez Prieto.

- Al Este: Término municipal de Cortelazor, Vereda de Sevilla en Cortelazor.

- Al Oeste: Términos municipales de Valdelarco y

Fuenteheridos, Vereda de Sevilla en Valdelarco y

Fuenteheridos.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de

modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la

notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 13 de septiembre de 2005.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2005, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA «VEREDA DE SEVILLA¯, EN EL TRAMO CORRESPONDIENTE A AQUEL EN EL QUE LA VIA PECUARIA COMPARTE SU ANCHURA POR LA LINEA DE LOS TERMINOS DE AMBAS POBLACIONES, EN LOS TERMINOS MUNICIPALES DE LOS MARINES Y VALDELARCO, EN LA PROVINCIA DE HUELVA

RELACION DE COORDENADAS UTM DE LA VIA PECUARIA

VEREDA DE SEVILLA. T.M. LOS MARINES-VALDELARCO. HUELVA

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