Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 18/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 28 de octubre de 2005, por la que se autorizan enseñanzas en el Conservatorio Profesional Municipal de Música de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

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La Consejería de Educación y el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) suscribieron el día 30 de agosto de 2005 un Convenio de Colaboración para la creación de un Conservatorio Profesional de Música en dicha localidad. Una vez creado dicho centro mediante el Decreto 220/2005, de 11 de octubre, por el que se crea un Conservatorio Profesional de Música dependiente del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), se hace necesario concretar las enseñanzas que se impartirán en dicho centro en cumplimiento de la cláusula octava b) del citado Convenio.

Por todo ello, con objeto de autorizar las especialidades de Música a impartir en dicho centro y a propuesta de la Dirección General de Planificación y Centros, esta Consejería de Educación ha dispuesto.

Artículo único. Autorización de enseñanzas.

Se autoriza al Conservatorio Municipal Profesional de Música, de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), código 41008601, a impartir las enseñanzas correspondientes a las siguientes especialidades, en los grados elemental y medio, a partir del curso académico 2005/06: Arpa, Canto, Contrabajo, Fagot, Flauta Travesera, Guitarra, Oboe, Percusión, Piano, Saxofón, Trombón, Trompa, Trompeta, Viola, Violín y Violonchelo.

Disposición final primera. Aplicación.

Se autoriza a las Direcciones Generales de la Consejería de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación de la presente Orden en el ámbito de sus respectivas competencias.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos y administrativos a partir del curso escolar 2005/06.

Disposición final tercera. Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos, 14 y 46.1 de la Ley/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1,

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de octubre de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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