Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 22/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

RESOLUCION de 5 de septiembre de 2005, de la Delegación Provincial de Jaén, por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles andaluzas, en los niveles no universitarios, y se convocan ayudas para las actividades a realizar durante el curso 2005/2006 en la provincia de Jaén.

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Habiéndose convocado por Orden de 17 de marzo de 2005 (BOJA núm., de 7.4.2005) las ayudas económicas para financiar actividades de las organizaciones estudiantiles de Andalucía, en los niveles no universitarios, durante el curso 2005/2006, vistas las solicitudes presentadas por la Comisión constituida de acuerdo con el artículo octavo de la citada Orden, y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, esta Delegación Provincial, en virtud del artículo décimo,

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas económicas para financiar las actividades presentadas a las organizaciones estudiantiles de la provincia de Jaén relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución con su correspondientes cuantías y con cargo a la aplicación presupuestada 0.1.18.00.18.23. 489.00.42F.Segundo. Las Entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de las ayudas recibidas, en el plazo de 3 meses, a contar desde la fecha de cobro de las mismas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado del Gestor de la Entidad, en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinada en su integridad a las actividades para las que se concedió y que éste ha quedado asentado en su contabilidad. Art. 13.6.a).

b) Carpeta-índice que incluya todos los originales de las facturas y de cualquier otro justificante de gasto legalmente admitido, que sea imputable a la ayuda percibida, o fotocopias debidamente compulsadas de los mismos. La documentación acreditativa de los gastos efectuados deberá contener todos los requisitos formales exigibles a la misma. Art. 13.6.b).

c) Memoria Evaluadora del Plan de Actividades. Art. 13.6.c).

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de

13 de enero.

Relación de Asociaciones subvencionadas:

- "Muley Xeque". C.P.M.E.A. Pedro Escavias. Andújar: 550,00 euros

- "El Encuentro". C.P.M.E.A. Dolores González Osorio. Campillo de Arenas: 565,00 euros.

- "Los Patios". C. Pedro Poveda. Jaén: 1.015,00 euros.

- "Alto Guadalquivir". C.E.I.P. San Vicente Mártir. Mogón:

770,00 euros.

- "Ruradia". C.E.I.P. Nueva Andalucía. Rus: 1.500,00 euros.

- "El Educando". C.E.I.P. Francisco Badillo. Villargordo:

1.828,00 euros.

- "Helvia". I.E.S. Ciudad de Arjona. Arjona: 2.550,00 euros.

- "Ibiut". I.E.S. Iulia Salaria. Sabiote: 595,00 euros.

Relación de Asociaciones denegadas:

- "Pequeñas Grandes Cosas" de C.P.M.E.A. Kinana de Canena: Por no acogerse a la convocatoria.

Jaén, 5 de septiembre de 2005.- La Delegada, Angustias María Rodríguez Ortega.

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