Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 22/11/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 16 de mayo de 2005, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se anuncia la convocatoria de concurso público para la concesión de autorizaciones para la práctica de la pesca del cangrejo rojo americano (procambarus clarkii) en el Paraje Natural del Brazo del Este (Sevilla).

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La Orden de 23 de abril de 1996, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se regula el ejercicio de la pesca del cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii) en el Paraje Natural del Brazo del Este (Sevilla) (BOJA núm. 60, de 23 de mayo), modificada por la Orden de 8 de agosto de 1996 (BOJA núm. 95, de 20 de agosto), y corregida esta última el 7 de enero de 1997 (BOJA núm. 3); establece en su artículo que la práctica de la pesca del cangrejo rojo en el mencionado Paraje Natural exigirá autorización previa de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla y que dicha autorización se concederá mediante concurso público y a solicitud del interesado, según criterios entre los que se incluirán la experiencia profesional y la dedicación total o parcial de los solicitantes a esta actividad.

En cumplimiento de lo anterior, en los años 1996, 1999 y 2002 se procedió a convocar y resolver el correspondiente concurso público. En la última convocatoria citada, las autorizaciones dictadas de acuerdo con el mencionado concurso han estado vigentes hasta el 15 de abril de 2005, por lo que procede convocar un nuevo concurso público, que se regirá por las siguientes bases:

Primera. Podrán participar en el mismo todos aquellos interesados en realizar esta actividad conforme a las mencionadas Ordenes.

Segunda. La solicitud se realizará en el modelo oficial que figura en el Anexo I de esta Resolución y se presentará preferentemente en el Registro de la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente, sita en la Avenida de la Innovación, s/n, Polígono Aeropuerto, 41020 Sevilla, o en la forma y condiciones establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre).

Tercera. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarta. Dado el especial régimen de explotación tradicional del Brazo del Este como zona de mantenimiento para la pesca invernal, en el proceso de selección se valorará en primer lugar la pertenencia a Cooperativas u otras Asociaciones de pescadores que pretendan explotar agrupadamente una zona concreta.

Las autorizaciones concedidas basándose en este criterio, estarán condicionadas a la permanencia del pescador en la entidad a la que pertenecía en el momento de la solicitud; pudiéndose, en caso de dejar de formar parte de la misma, ser revocada por la Delegada Provincial de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente.

Así mismo, se tendrá en cuenta la experiencia profesional y la dedicación total o parcial del solicitante a esta actividad, para lo cual se admitirá cualquier tipo de documentos que demuestren la vinculación del solicitante con la pesca del cangrejo rojo, tales como certificados de entregas en Centros de Recepción, certificados de Cooperativas o Asociaciones de pescadores, copias de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas, etc., referidas a los últimos cinco años.

Quinta. Las artes de pesca autorizadas deberán llevar, en todo momento, un dispositivo que impida la existencia de huecos mayores de 4 cm, dispuestos hacia el exterior y situados antes de la primera muerte, así como el correspondiente precinto de identificación.

Sexta. Se atenderá en todo momento a las indicaciones de los Agentes de Medio Ambiente en la zona.

Séptima. Las autorizaciones concedidas de acuerdo con el presente concurso tendrán una vigencia de tres años. Se concederán, en función del número de peticiones, para uno o varios de los tramos enumerados en el Anexo I, para lo cual los solicitantes deberán indicar el orden de preferencia en el modelo de solicitud.

La inobservancia de este condicionado, o la transgresión de la normativa vigente en materia de especies protegidas o de espacios naturales protegidos, motivará la anulación inmediata de la presente autorización, sin perjuicio de las actuaciones a que puedan dar lugar según la legislación vigente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía

administrativa, y de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de

14 de enero), podrá interponer recurso de alzada ante el Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Sevilla, 16 de mayo de 2005.- La Delegada (Por Dto. 206/2004, de 11.5), El Secretario General, Tomás Domínguez Jiménez.

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