Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 30/11/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INST. E INSTR. Nº2 DE CARMONA

EDICTO dimanante del juicio de faltas núm. 561/2004.

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NIG: 4102441P20022002159.

Procedimiento: J. Faltas 561/2004. Negociado:

De: Fernando Murga López, Daniel Becerra Nuevo, Bernardo Moreno Moya y Natalia Caro Gavira.

Procurador: María de Gracia Guisado Belloso.

Contra: Antonio Becerra Rodríguez.

E D I C T O

Doña Alejandra Pazos Pousada, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Carmona.

Doy fe y testimonio:

Que en el Juicio de Faltas núm. 561/2004 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Visto por mí, Rocío Marina Coll, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de los de Carmona y su partido judicial, el Juicio de Faltas por lesiones, daños y amenazas que, bajo número 561/04, se ha seguido ante este Juzgado, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal en defensa de los intereses que constitucionalmente le han sido asignados, como denunciante, doña Natalia Caro Gavira; como denunciantes/dos, don Fernando Murga López y don Bernardo Moreno Noya; como denunciados/tes don Antonio Becerra Rodríguez y don Daniel Becerra Nuevo.

F A L L O

Condeno a don Antonio Becerra Rodríguez, como autor de dos faltas de lesiones, a dos penas de un mes de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, lo que supone un total de 180 euros de multa por cada una, que se harán efectivas en un solo pago al final del período señalado, y que sujetarán al condenado, en caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas. Condeno a don Daniel Becerra Nuevo, como autor de dos faltas de lesiones, a dos penas de un mes de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, lo que supone un total de 180 euros de multa por cada una, que se harán efectivas en un solo pago al final del período señalado y que sujetarán al condenado, en caso de impago, a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas. Condeno a don Antonio Becerra Rodríguez y a Daniel Becerra Nuevo a pagar solidariamente a don Fernando Murga López una indemnización de 2.000 euros; y a don Bernardo Romero Noya una indemnización de 300 euros que habrán de satisfacerles, en concepto de responsabilidad civil, más el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de esta sentencia hasta su completo pago. Condeno a don Antonio Becerra Rodríguez y a Daniel Becerra Nuevo al pago de las costas procesales, en relación con las faltas de lesiones por las que han resultado

condenados. Absuelvo a don Antonio Becerra Rodríguez de las faltas de amenazas, malos tratos y daños que se le imputaban, con todos los pronunciamientos favorables. Absuelvo a don Fernando Murga López y a don Bernardo Romero Noya de las faltas de lesiones que se les imputaban, con todos los pronunciamientos favorables. Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que contra la presente Sentencia cabe interponer, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, recurso de apelación ante este Juzgado, para ser resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de

Sevilla. Dicho recurso, en caso de interponerse, deberá formalizarse de acuerdo con lo dispuesto por el art. 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Bernardo Moreno Moya, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Carmona a catorce de noviembre dos mil cinco.- El/La Secretario.

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