Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 13/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

ORDEN de 1 de diciembre de 2005, por la que se crean las Comisiones Provinciales de Coordinación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Artículo 1. Creación.

Se crean las Comisiones Provinciales de Coordinación en Innovación, Ciencia y Empresa, como órgano colegiado de asistencia al titular de la Delegación Provincial, encargado de establecer el trabajo común en red, a través de un flujo de información, comunicación y cooperación de las actuaciones administrativas en el ámbito del Sistema Ciencia-Empresa- Tecnología.

Artículo 2. Composición.

1. Las Comisiones Provinciales de Coordinación en Innovación, Ciencia y Empresa estarán presididas por el titular de la Delegación Provincial y compuestas por los siguientes representantes de los centros adheridos a la Delegación:

- El titular de la Gerencia provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).

- Un representante del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera y Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA).

- El Director Provincial de los Centros de Apoyo al Desarrollo Empresarial.

- Un Coordinador autonómico designado por el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa.

- Y el titular de la Secretaría General de la Delegación que asumirá las funciones de Secretaría de la Comisión.

2. Igualmente los titulares de las Delegaciones Provinciales integrarán en la Comisión otros representantes de entidades públicas del Sistema Ciencia-Empresa-Tecnología que se considere conveniente incluir en el ámbito de la provincia.

Asimismo, a las sesiones de las Comisiones Provinciales por decisión de la Presidencia, o por acuerdo de las mismas, podrán convocarse a otros funcionarios o a personas expertas, con voz pero sin voto, que por su especialidad se juzgue necesario.

Artículo 3. Funciones.

Corresponde a la Comisión Provincial de Coordinación de Innovación, Ciencia y Empresa, entre otras, las siguientes funciones:

a) Fomentar el trabajo de la Administración en red en el ámbito de la provincia.

b) Integrar y compartir procesos y conocimientos de los departamentos e instituciones administrativas del Sistema Ciencia-Empresa-Tecnología.

c) Coordinar en la provincia la aplicación de las políticas públicas definidas desde la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

d) Promover la interoperabilidad de los sistemas y procesos dentro de la provincia, de modo que los procedimientos

administrativos y la información a los ciudadanos sean

interoperables.

e) Controlar y evaluar el grado de ejecución del Plan de Innovación y Modernización de Andalucía en la provincia.

f) Y todas aquellas otras que le sean expresamente atribuidas.

Artículo 4. Régimen de funcionamiento.

Las Comisiones Provinciales de Coordinación se reunirán cuantas veces sean convocadas por su Presidencia. En cualquier caso deberán reunirse, como mínimo, trimestralmente. El procedimiento para la convocatoria, constitución y adopción de acuerdos se regirá por las normas de los órganos colegiados establecidas en el capítulo II de Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición Adicional Primera.- Constitución.

Las Comisiones Provinciales de Coordinación se constituirán en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Orden.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de diciembre de 2005

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

Descargar PDF