Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 244 de 16/12/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

CORRECCION de errores a la Orden de 31 de agosto de 2005, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público "Cerro del Hierro", en la parte correspondiente a la antigua vía del ferrocarril, Código SE-10045-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en los términos municipales de Alanís, Cazalla de la Sierra y San Nicolás del Puerto, provincia de Sevilla (BOJA núm. 185, de 21.9.2005).

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Expte.: D/23/03

Detectados errores en la Orden de la Consejería de Medio Ambiente de 31 de agosto de 2005, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público "Cerro del Hierro", Código de la Junta de Andalucía SE-10045-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en los términos municipales de Alanís, Cazalla de la Sierra y San Nicolás del Puerto, provincia de Sevilla.

A la vista del artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en parte modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en uso de las facultades que me vienen conferidas, se pasa a la siguiente corrección:

En los FUNDAMENTOS DE DERECHO, donde dice:

Segundo. La aprobación del presente deslinde se sustenta en lo regulado en los artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás normas de general y pertinente aplicación.

Tercero. Se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insertándose los anuncios reglamentarios en los Boletines Oficiales de la Provincia y tramitándose las debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados.

Cuarto. El emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro exterior del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente representados en los planos, informes técnicos y jurídicos, y registros topográficos que obran en el expediente.

Debería decir:

Segundo. La aprobación del presente deslinde se sustenta en lo regulado en los artículos 34 al 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía; en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre; y demás normas de general y pertinente aplicación.

Tercero. El Informe emitido por la Asesoría Jurídica considera ajustada a derecho la actuación del Ingeniero Operador. Haciendo constar todas las incidencias en el acta de apeo atendiendo las manifestaciones de don Joaquín Trejo López y de don José Orejudo de la Flor una vez estudiada la documentación aportada. De las alegaciones presentadas durante la exposición pública del expediente se estiman las alegaciones realizadas por don Manuel Zapata Taramón respecto a la ocupación de terrenos ubicados en la finca superior al túnel de la vía del ferrocarril, desestimando el resto de alegaciones presentadas, como aparece reflejado en el informe jurídico que obra en el expediente.

Cuarto. Se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insertándose los anuncios reglamentarios en los Boletines Oficiales de la Provincia y tramitándose las debidas comunicaciones para conocimiento de los interesados.

Quinto. El emplazamiento de cada uno de los piquetes que determinan el perímetro exterior del monte, se describe con precisión en las actas de apeo y quedan fielmente

representados en los planos, informes técnicos y jurídicos, y registros topográficos que obran en el expediente.

Sevilla, 25 de noviembre de 2005

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