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La modificación planteada en este Decreto consiste básicamente en la adaptación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a los Servicios Centrales de la Consejería de Salud a lo dispuesto en el Decreto 241/2004, de
18 de mayo, por el que se establece la nueva estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud. La modificación contenida en el presente Decreto contempla el incremento imprescindible de puestos para atender al reparto de competencias regulado en el Decreto 241/2004, de
18 de mayo, teniendo en cuenta la relevancia que dicha norma establece con respecto a la política de innovación y desarrollo por un lado, y por otro, la política de calidad integral. Los aspectos más destacables de la modificación consisten en la creación de los puestos de trabajo que deben ser asignados a la nueva Dirección General de Innovación Sanitaria, Sistemas y Tecnologías, prevista en el artículo 11 del citado Decreto, y en la profunda reestructuración organizativa efectuada en la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias. Además de las anteriores modificaciones se ha incluido en el resto de Centros Directivos un incremento de puestos limitado a reforzar la estructura de coordinación y los servicios generales de la Consejería.
Asimismo, se contempla en el presente Decreto la modificación de determinados requisitos de puestos cuyo modo de acceso es por libre designación y de los puestos base de adscripción a cuerpos generales. Además se regulariza el modo de acceso de determinados puestos del área funcional/relacional tecnología de la información y telecomunicaciones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo; a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, con informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de diciembre de 2005
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Salud queda modificada parcialmente en los términos expresados en el Anexo del presente Decreto.
Disposición adicional única. Modificación presupuestaria.
Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias, conforme al procedimiento establecido, para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante los efectos administrativos y económicos derivados de la aprobación serán del día 1 del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 7 de diciembre de 2005
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ
Consejera de Justicia y Administración Pública
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