Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 09/02/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

RESOLUCION de 26 de noviembre de 2004, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se hace público el otorgamiento del periodo que resta hasta su finalización de la beca que se cita.

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Por Resolución de 25 de junio de 2004, esta Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte de Cádiz adjudicó una beca para la formación de personal técnico de archivo y aplicaciones informáticas a fondos documentales, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 31 de marzo de 2004 (BOJA núm 73 de 15 de abril) y la Orden de la Consejería de Turismo y Deporte de 27 de agosto de 2003 (BOJA num. 183 de 23 de septiembre) con una dotación de 1.100 euros/mes, durante doce meses, a partir del 1 de julio de 2004, a don Carlos Rodway Chamorro, siendo los suplentes primero y segundo, doña Eulalia Pereira Fernández y don José Juan Márquez Velázquez. Presentada renuncia por don Carlos Rodway Chamorro mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2004, así como también renuncian a sus derechos el primer y segundo suplente doña Eulalia Pereira Fernández y don José Juan Marquez Velazquez, ambos con fecha 25 de noviembre de 2004 ambos, esta Delegación Provincial valorando la importancia de los trabajos a desarrollar, la existencia de crédito en las aplicaciones presupuestarias 0.1.09.00.02.11.480.00.75A.1. y

3.1.09.00.02.11.480.00.75A.7.2005 y a la vista del Acta levantada por la Comisión de Selección el 25 de junio de 2004, donde se relaciona una lista de las solicitudes admitidas en el proceso de adjudicación con la correspondiente baremación, en virtud de las competencias recogidas por la citada Orden de

27 de agoto de 2003, en su Disposición Adicional Primera.

R E S U E L V E

1. Otorgar a doña Verónica Romero Fernández, 31.678.539-H, que figura en cuarto lugar en orden de puntuación, el período que resta hasta la finalización de la beca, desde el 1.12.04 hasta el 30.6.05.

2. A tenor de lo dispuesto en la base tercera del Anexo I de la Orden de 27.8.03 citada, los trabajos, estudios e informes realizados por los adjudicatarios en el disfrute de sus becas, serán propiedad de la Consejería de Turismo y Deporte.

3.1. Los pagos de las distintas mensualidades se harán en firme a mes vencido, previa presentación del certificado de recepción de conformidad de los servicios prestados emitido por el Director de los trabajos, según programa de actividades, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 de la Resolución de 31 de marzo de 2004.

3.2. Además de las obligaciones previstas en los artículos 105 y 108, de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el pago de la última mensualidad estará condicionado a la entrega de una memoria de las actividades realizadas durante el período de duración de la beca, de conformidad con lo establecido en la base novena a que se refiere la Convocatoria.

De igual modo, deberá darse cumplimiento al resto de las obligaciones a realizar por el beneficiario dispuestas en la base novena de las Bases Reguladoras para la convocatoria de la beca.

Asimismo procede reintegro en los supuestos establecidos en la cláusula undécima.

Que la modificación de condiciones podrá dar lugar a modificación de esta resolución en los términos establecidos en la cláusula décima.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Cádiz del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Cádiz, 26 de noviembre de 2004.- El Delegado, Domingo Sánchez Rizo.

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