Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 15/02/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM OCHO DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento de filiación núm. 128/2002. (PD. 447/2005).

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NIG: 2906742C20020003232.

Procedimiento: Filiación (N) 128/2002. Negociado: E.

Sobre: Filiación paterna.

De: Doña Rocío Flores Manzano.

Procurador: Sr. Jiménez Segado, José Carlos.

Letrado: Sr. Molina Heredia, Fernando.

Contra: Doña María Jesús García Marín y Herederos de don Antonio García de la Rubia.

Procurador: Sr. Manosalbas Gómez, Manuel.

Letrado: Sr. Fernández Ruiz, Antonio.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Filiación (N) 128/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga a instancia de Rocío Flores Manzano contra María Jesús García Marín y Herederos de don Antonio García de la Rubia sobre filiación paterna, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 97

En Málaga, a 29 de abril de dos mil cuatro.

Vistos por mí, don Alejandro Martín Delgado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de los de Málaga, los presentes autos de Juicio Verbal sobre reclamación de filiación paterna, registrado con el número 128/02, y seguido entre partes de una y como demandante doña Rocío Flores Manzano, en representación de su hija menor Rocío Flores Manzano, representada por el procurador Sr. Jiménez Segado, y asistida por el Letrado Sr. Molina Heredia, y de otra y como demandados doña María Jesús García Marín, representada por el Procurador Sr. Manosalbas Gómez, y asistida por el Letrado Sr. Fernández Ruiz, con traslado al Ministerio Fiscal, y atendiendo a los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Jiménez Segado, en nombre y representación de doña Rocío Flores Manzano, representante legal de su hija menor Rocío Flores Manzano, contra doña María Jesús García Marín, cónyuge viudo de don Antonio García de la Rubia, representada por el Procurador Sr. Manosalbas Gómez, y contra los herederos de don Antonio García de la Rubia, en situación procesal de rebeldía, sobre la filiación no matrimonial de la citada menor Rocío Flores Manzano, debo declarar y declaro la paternidad de don Antonio García de la Rubia, causante de los demandados, con relación a la expresada menor Rocío Flores Manzano, nacida en Málaga el día 11 de noviembre de 1999; lo que tendrá el oportuno reflejo en el Registro Civil, en el asiento correspondiente a la inscripción de nacimiento de la menor, en la que se hará constar el apellido paterno, García, junto al materno Flores, figurando los datos de identidad del padre como hijo de José y de Josefa, nacido en Málaga, el día 27 de abril de 1953. Ello con expresa condena al pago de las costas causadas en el proceso a la demandada que se ha opuesto a la pretensión actora.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo.2 LEC).

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Herederos de don Antonio García de la Rubia, extiendo y firmo la presente en Málaga a dieciséis de junio de dos mil cuatro.- El/La Secretario.

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