Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 16/02/2005

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 29 de octubre de 2004, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU en el Sector "El Valle" del municipio de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) (Expte. SE-557/04), y el contenido de sus Normas Urbanísticas.

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Para general conocimiento se hace público que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, en su sesión de fecha 29 de octubre de 2004, aprobó definitivamente la Modificación del PGOU en el Sector "El Valle" del municipio de Castilleja de la Cuesta (Sevilla).

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 29.12.04, y con el número de registro 300, se ha procedido al depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 29 de octubre de

2004, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU en el Sector "El Valle" del municipio de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (ANEXO II).

ANEXO I

"Visto el proyecto de Modificado del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Castillejá de la Cuesta (Sevilla), en el ámbito del sector "El Valle", así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad. Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto modificar la densidad de viviendas fijada por el Plan general para el sector "El Valle" pasando de 31 a

38,46 viviendas/hectárea, que es la que se corresponde con la zona "Residencial Intensiva Subzona B" La Modificación conlleva un incremento de la capacidad residencial del sector de 65 viviendas, pasando de 271 a 336 viviendas.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanistica de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13,2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo

establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del

Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2. B. a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanistico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede, bajo este aspecto, su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el att. 11.1 del Decreto

193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del

Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la

Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

Aprobar definitivamente el proyecto de Modificado del Plan General del municipio de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) en el ámbito del sector "El Valle" aprobado

provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 20 de septiembre de 2004, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998 de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de

Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se puede ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente. ANEXO II

DOCUMENTO NUM. 2. NORMAS URBANISTICAS

Con la presente Modificación se alteran las Normas

Urbanísticas del PGOU en vigor en los siguientes artículos:

Artículo 233 bis (nuevo). Condiciones particulares de des- arrollo para la Subzona B de la Residencial Intensiva. Las condiciones definidas en los apartados 1.-2 y 3 del

presente artículo se entienden de aplicación única y

exclusivamente para el sector "La Alberquilla y La Cerca". Queda excluido el Sector El Valle de la aplicación de las condiciones definidas en los apartados 1,2 y 3 anteriores.

Artículo 235. Zona Residencial Intensiva.

"Se establecen dos subzonas que se diferencian

exclusivamente por la necesidad máxima permitida".

Los parámetros urbanísticos fundamentales son:

Densidad Máxima: Subzona A: 31 viv/Ha. Subzona B: 38,46 viv/Ha.

Aprovechamiento Máximo: 0,35 m2/m2.

Edificabilidad Máxima Subzona B: 0,5386 m2 construido/m2 suelo.

Tipología Edificatoria a definir en planeamiento.

Uso dominante: Viviendas/Unifamiliar/Pareada/en Bloque. Usos complementarios a definir en planeamiento de des-

arrollo.

Uso Compatible: Oficinas. Alojamiento Comunitario.

Actividades Recreativas. Religioso. Industrial Categoría

1.ª.

Usos Prohibidos: El Industrial.

Sevilla, 27 de enero de 2005.- El Delegado, P.A. (D. 21/85, de 5.2) La Secretaria General, Consuelo Guzmán Lebón.

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